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Osiptel disminuye en 80.5% el cargo de interconexión tope para llamadas móviles entre operadoras

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó el valor del cargo de interconexión tope por terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos móviles en US$ 0.00129 por minuto sin incluir el Impuesto General a las Ventas (IGV), lo que representa una reducción del 80.5% respecto a lo establecido en la revisión de 2018.

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Osiptel modificó los cargos máximos de interconexión tope para las llamadas móviles entre operadoras. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó el valor del cargo de interconexión tope por terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos móviles en US$ 0.00129 por minuto sin incluir el Impuesto General a las Ventas (IGV), lo que representa una reducción del 80.5% respecto a lo establecido en la revisión de 2018.
El nuevo cargo de interconexión tope regirá desde el 4 de mayo de 2022 y es aplicable a todas las empresas operadoras de servicios públicos móviles.
Así se dispone en la norma que establece los Cargos de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en las Redes de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles, aprobada con Resolución de Consejo Directivo N.° 00083-2022-CD/OSIPTEL, publicada hoy en El Peruano.
El cargo de interconexión representa el pago que realizan las empresas operadoras para cursar las llamadas de sus usuarios hacia destinos móviles.
Mejora condiciones de competencia
Osiptel sostuvo que el nuevo valor aprobado promueve una mejora en las condiciones de competencia del mercado, abaratando el costo de los servicios que se prestan las empresas operadoras mediante la interconexión de llamadas a las redes móviles.
De acuerdo a la norma, los cargos de interconexión que hayan sido establecidos en los contratos y mandatos de interconexión y que fuesen mayores a los cargos de interconexión tope fijados, se adecuarán a partir de la fecha de su entrada en vigencia.
Asimismo, señala que, sin perjuicio de lo anterior, las empresas operadoras de servicios públicos móviles tienen el derecho de negociar cargos menores a los cargos de interconexión tope establecidos, debiendo ser aprobados por el Osiptel antes de su aplicación.
Revisión de los cargos de interconexión
Según los Lineamientos de Competencia aprobados por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), la revisión de los cargos de interconexión debe efectuarse cada cuatro años.
Habiendo transcurrido dicho plazo desde la última revisión (2018), en el 2021 el Osiptel inició el procedimiento del cargo móvil, otorgando el plazo respectivo para la presentación de propuestas de las empresas operadoras.
Luego de evaluarse las propuestas remitidas por Entel y Telefónica, se difundió para comentarios de los interesados el proyecto de norma que establece los valores del cargo móvil.
Asimismo, el 3 de febrero de 2022 se llevó a cabo una audiencia pública, donde el regulador sustentó –ante representantes de las empresas operadoras, especialistas del sector y representantes de la sociedad civil– la propuesta para actualizar el valor del cargo de interconexión y se recibieron los comentarios a la misma.
Tras una exhaustiva revisión técnica a parámetros y supuestos empleados en el modelo de costos de mercado, así como de los comentarios recibidos durante el proceso, se determinó el valor del cargo de interconexión tope único por terminación de llamadas en el servicio público móvil en UUS$ 0.00129 por minuto, tasado al segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas (IGV).
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