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El camino que seguirá el pedido de indulto humanitario de Alberto Fujimori
Solicitud aún debe cumplir un procedimiento administrativo. El procurador Julio Arbizu dijo que se deben cumplir las condiciones legales para la gracia presidencial o se vulnerará el principio de igualdad.
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Con las cartas puestas sobre la mesa, luego de los entredichos con el Ejecutivo, la familia Fujimori decidió ayer solicitar en los próximos días al presidente Ollanta Humala el indulto humanitario para el exmandatario Alberto Fujimori, quien padece de cáncer a la lengua y de otras afecciones.
Hasta ahora mucho se ha dicho, a favor y en contra, y las reacciones y el debate aumentarán estos días, en los que, probablemente, el país se polarizará. Pero, ¿cuál es el camino que seguirá la solicitud de indulto?
Los Fujimori pueden presentar el pedido formal ante el propio presidente Humala o ante la Presidencia de Consejo de Ministros. En cualquier caso, la solicitud será derivada a la Dirección de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia.
Esta instancia, luego de una serie de exámenes médicos al sentenciado expresidente, elevará una recomendación ante el Viceministerio de Justicia. Esta opinión, que no es vinculante, se deriva al Ejecutivo para que el jefe de Estado se pronuncie en un sentido u otro.
Es decir, Humala puede conceder el indulto pese a que el informe médico no sea favorable al solicitante de la gracia.
PRINCIPIO DE IGUALDADAl respecto, se pronunció el procurador anticorrupción, Julio Arbizu, quien dijo que, en el caso de Fujimori, deben cumplirse condiciones legales para conceder indulto. De lo contrario, advirtió, se podría vulnerar el principio de igualdad.
Refirió que el "indulto per se" está vedado para los casos de los condenados por secuestro agravado y los delitos que ha cometido el exmandatario Fujimori.
Sin embargo, dijo, existe la posibilidad del indulto humanitario, para el cual el condenado debe cumplir las condiciones señaladas por el Tribunal Constitucional.
"El Tribunal Constitucional señaló que el indulto humanitario se concede únicamente en tanto el condenado sea afectado por una enfermedad grave que lo conduzca inexorablemente a la muerte", subrayó.
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