¡Atención! Las operadoras no podrán suspender las líneas telefónicas por falta de pago luego de que el Gobierno tomara la decisión de ampliar el período de aislamiento social hasta el 24 de mayo.
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A través de un decreto supremo publicado en El Peruano, Osiptel precisa que las empresas operadoras se encuentran prohibidas dar de baja los servicios públicos de telecomunicaciones por falta de pago durante el estado de emergencia.
La entidad recordó a los usuarios que si tienen recibos vencidos desde marzo, pueden solicitar el fraccionamiento del pago.
Asimismo, los abonos se pueden realizar con normalidad a través de canales virtuales.
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