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Elecciones 2021: Solo estas empresas pueden difundir encuestas sobre candidatos presidenciales

De un total de 289 empresas encuestadoras registradas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), solo 86 tienen licencia vigente y, por tanto, se encuentran en condiciones de ejercer sus labores en el proceso de las Elecciones Generales de 2021.

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JNE dio a conocer lista de empresas que pueden difundir encuestas de opinión sobre candidatos presidenciales y al Congreso en las Elecciones 2021. (Foto: Jesús Saucedo / GEC)
Fecha Actualización
De un total de 289 empresas encuestadoras registradas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), solo 86 tienen licencia vigente y, por tanto, se encuentran en condiciones de ejercer sus labores en el proceso de las Elecciones Generales de 2021.
De acuerdo con el Registro Electoral de Encuestadoras (REE), cinco de las 289 encuestadoras se inscribieron en este año y tienen la licencia vigente. En tanto, otras 203 se encuentran con la licencia cancelada.
La Ley Orgánica de Elecciones establece que toda persona natural o jurídica que pretenda difundir o publicar encuestas, sondeos y simulacros de votación durante un proceso electoral, debe inscribirse previamente en el REE.
De esa manera, solo podrán publicarse aquellos estudios que hayan sido realizados por empresas que cuenten con inscripción vigente.
La Dirección Central de Gestión Institucional (DGCI) es la encargada de administrar el REE y de expedir en primera instancia las resoluciones correspondientes en materia de inscripción, renovación o cancelación de inscripción de encuestadoras.
En tanto, a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) le compete realizar las acciones pertinentes para fiscalizar las encuestas, sondeos de opinión y proyecciones sobre intención de voto que se difundan o publiquen en los medios de comunicación.
Las encuestadoras están obligadas a presentar un informe ante el Jurado Electoral Especial competente, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de publicación del estudio, conforme al reglamento sobre encuestas electorales aprobado para los comicios del 11 de abril.
Dicho informe debe contener, entre otros elementos, el ámbito del estudio, el tamaño de la población objetivo, tamaño de la muestra, el tipo de muestreo aplicado, instrumento de recolección de datos, el trabajo de campo, los resultados del estudio y su financiación.
Ante el incumplimiento de las disposiciones del reglamento, las encuestadoras pueden ser pasibles de sanciones que van desde la suspensión y cancelación de su inscripción en el REE hasta una multa que varía entre 10 y 100 UIT (44.000 y 440.000 soles).
En el siguiente LINK podrás ver la relación de empresas encuestadoras con inscripciones vigentes y canceladas, según el padrón del JNE.
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