![](http://peru21-pe.b-cdn.net/sites/default/efsfiles/styles/media_library/public/jw_thumbnails/ld1LRR2kZTdX-vH74OLgFPqFpnc_cVvJF8HnDdDKv3Y.jpg?itok=JCFn18G9)
PUBLICIDAD
Empresas que no registren ventas por un mes podrán aplicar suspensión perfecta de labores
Imagen
![](http://peru21-pe.b-cdn.net/sites/default/efsfiles/2023-10/AP25U2J3AVAETOQBX2EL6EVMXY.jpg)
El decreto supremo publicado hoy resulta aplicable a los procedimientos administrativos en trámite relativos a la suspensión perfecta de labores. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
Las empresas que no tengan ventas durante un mes podrán acogerse a la figura de la suspensión perfecta de labores, según una norma emitida este miércoles por el Gobierno, debido al impacto económico del COVID-19 en Perú.
Según el Decreto Supremo N° 015-2020-TR, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, las compañías deberán sustentar que no pueden aplicar el trabajo remoto y otorgar licencia con goce de haber.
La norma también establece que las empresas que cuenten con hasta 100 trabajadores podrán acordar el adelanto de vacaciones, reducción de la jornada laboral o de sueldos.
La Autoridad Inspectiva de Trabajo verificará, cuando sea exigible, si el empleador procuró la adopción de medidas para mantener la vigencia del vínculo laboral y la percepción de remuneraciones, privilegiando el acuerdo con los trabajadores y los motivos en caso ello no haya sido realizado.
Según refirió el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), las comunicaciones de suspensión perfecta de labores presentadas en el periodo abril y junio de a nivel nacional han sido presentadas en un 97% por unidades económicas de hasta 100 trabajadores.
“Este sector (se encuentra) en una situación de mayor desventaja o vulnerabilidad ante el actual contexto atípico y de emergencia, siendo además el que concentra la mayor parte de salidas de trabajadores del mercado de trabajo”, dijo el MTPE en los considerandos de la norma.
El decreto supremo resulta aplicable a los procedimientos administrativos en trámite relativos a la suspensión perfecta de labores.
VIDEO RECOMENDADO
TE PUEDE INTERESAR
PUBLICIDAD
ULTIMAS NOTICIAS
Imagen
![](http://peru21-pe.b-cdn.net/sites/default/efsfiles/styles/ultimas_noticias/public/2024-07/ae37zgpcgzb7hfd57kqhpqzxgi.jpg?itok=Q3xNm82A)
Imagen
![](http://peru21-pe.b-cdn.net/sites/default/efsfiles/styles/ultimas_noticias/public/2024-06/wxqw36mmkbhjznofkggadbjete.jpg?itok=bLAiujIG)
Imagen
![](http://peru21-pe.b-cdn.net/sites/default/efsfiles/styles/ultimas_noticias/public/2024-05/dysst3iqdvbvzans37zpmvonou.jpg?itok=D-Ol_LG4)
PUBLICIDAD