SUNAT: Plazo para aplazar o fraccionar deudas con EsSalud vence este 30 de setiembre

El trámite puede realizarse vía Internet, las 24 horas del día.
SUNAT: Plazo para aplazar o fraccionar deudas con EsSalud vence este 30 de septiembre

La informó que solo faltan tres días para que los contribuyentes que disminuyeron sus ingresos por el impacto económico de la Covid-19 puedan solicitar el aplazamiento por seis meses y/o el fraccionamiento hasta por 36 meses de sus deudas con el Tesoro Público o con

El objetivo del Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) es dar alivio tributario a esas personas naturales y empresas con la finalidad de atenuar su falta de liquidez y posibilitar que puedan continuar con sus negocios para contribuir a la reactivación económica del Perú.

A la fecha se han presentado más de 57 mil solicitudes por un monto total acumulado que superan los 2,500 millones de soles. Del total de solicitudes presentadas a la fecha, ya se atendieron el 74% (más de 42,000 solicitudes). El 54% de estas solicitudes es por aplazamiento con fraccionamiento, un 44% solo fraccionamiento y el 3% solo aplazamiento.


MIRA: Procurador de la Sunat: “Ahora ya se podrá cobrar las deudas millonarias de empresas”

El trámite puede realizarse vía Internet, sin necesidad de salir de casa, las 24 horas del día. Teniendo en cuenta que la fecha de vencimiento esta próxima, la SUNAT estima que en los próximos días la cantidad de solicitudes se incrementará a un promedio superior a 1000 por día.

Para que la solicitud de acogimiento sea procedente el contribuyente debe cumplir los siguientes requisitos:

Estar inscritos en el RUC


¿CÓMO SOLICITAR?

Aquellos que cumplan los requisitos pueden solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de su deuda tributaria para lo cual deben utilizar el Formulario Virtual N° 1704, disponible en el portal institucional ().

Es importante indicar que no podrán acogerse los contribuyentes con condena vigente por delito tributario y aduanero, las instituciones del sector público nacional, así como los comprendidos en la Ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado.

Se pueden fraccionar deudas exigibles y pendientes de pago con el tesoro público o EsSalud que hayan sido generadas durante la emergencia sanitaria, e incluso la deuda anterior, en cualquier estado (en cobranza, reclamada, apelada, demanda contenciosa administrativa o en proceso de amparo) tales como:

El aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tendrá una tasa de interés mensual del 0.4%, la mitad de la tasa normal aplicable en esos casos.

La SUNAT ha asumido el compromiso de brindarle la asistencia necesaria para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias. Para cualquier consulta adicional puede comunicarse a la Central de Consultas, 315-0730, o recibir atención a través de nuestros canales virtuales.


DATOS

- El trámite puede realizarse vía Internet, sin necesidad de salir de casa, las 24 horas del día.

- El plazo vence este miércoles 30 de setiembre


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