Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso. (Foto: GEC)
Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso. (Foto: GEC)

El (Produce) dispuso suspender, por un periodo de 7 días calendario, la actividad extractiva del recurso merluza realizada por embarcaciones arrastreras, entre zonas comprendidas entre Negritos y Colán, región .

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La medida publicada en el diario oficial El Peruano, a través de la Resolución Ministerial N°131-2020-Produce, responde al reporte realizado por el (Imarpe) en el que detalla la alta incidencia en el porcentaje de ejemplares capturados menores a 28 cm. de longitud entre las zonas mencionadas.

En tal sentido, el Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso, priorizando las acciones de seguimiento sobre la incidencia de ejemplares en tallas menores de 28 cm, informó Produce.

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Además, es importante señalar que el incumplimiento de dicha medida será sancionado conforme a las disposiciones legales vigentes.

El seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (SISESAT), sin perjuicio de las labores que realicen los fiscalizadores de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, y las Direcciones Regionales de la Producción competentes.

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