Bitel ya no podrá presentar otro recurso contra la decisión del Osiptel por la vía administrativa. (Foto: GEC)
Bitel ya no podrá presentar otro recurso contra la decisión del Osiptel por la vía administrativa. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundada la apelación y confirmó las multas impuestas a la empresa Viettel Perú S.A.C., que opera bajo la marca comercial Bitel en el mercado local, por un total de 153 UIT, equivalente a una suma de S/642,600.

El pasado 27 de febrero del 2019, Osiptel sancionó en primera instancia a Viettel Perú S.A.C. con tres multas de 51 UIT por incumplir el compromiso de mejora referido al valor objetivo del indicador Calidad de Cobertura del Servicio (CCS), previsto en el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, en los centros poblados de Luya (Amazonas), San Marcos (Lima) y Pachacámac (Lima).

Con fecha 3 de junio, la compañía interpuso un recurso de apelación contra la decisión del Osiptel.

A través de una resolución emitida por el Consejo Directivo del Osiptel, que fue publicado hoy en El Peruano, el ente regulador desestimó la apelación presentada por Viettel Perú S.A.C.

La resolución estableció declarar "infundado" el recurso de apelación interpuesto por la compañía. También confirmó las tres multas de 51 UIT contra Viettel Perú S.A.C. por incumplir el compromiso de mejora referido al valor objetivo del indicador CCS.

La norma refirió, además, que la decisión del Consejo Directivo del Osiptel agota la vía administrativa, por lo que la empresa no podrá presentar otro recurso a través de esta vía.

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