Los abogados penalistas Andy Carrión y Luis Lamas Puccio poseen dos lecturas distintas del artículo 96 del Código Penal, que trata sobre el pago de la reparación civil de S/57 millones del expresidente Alberto Fujimori tras su muerte. Para el primero, si el exmandatario no deja masa hereditaria a sus cuatro hijos, la referida deuda no “la heredan” porque ellos no pueden pagarla con sus propios bienes. Sin embargo, para el segundo, dicho pago “sí lo heredan los hijos” así su padre no les haya dejado herencia.
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Carrión explicó que, tras la muerte del expresidente Alberto Fujimori, el pago de su reparación civil “se extinguiría” si es que se comprueba que no deja herencia de propiedades ni bienes a sus hijos. Esto, porque “dicha reparación no se hereda si es que no hay herencia”, porque esta no se paga con los bienes propios de los herederos.
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“En el caso de Fujimori, ya se ha demostrado hasta la saciedad que no tiene bienes, y que solo tiene una cuenta con unos cuantos soles, y tiene otra en la que están los treinta y tantos mil soles de la pensión vitalicia (que es de S/15,600 al mes, y cuyo pago está suspendido); y la ley habla de solo un 60 por ciento (que de los bienes, puede ir al pago de la reparación civil, como embargo); esto, pasa a los bienes del Estado, y el resto, a los bienes de los herederos. Si los herederos no tienen nada que heredar, los herederos no pueden cubrir con su propio patrimonio el pago de la reparación civil”, dijo Carrión.
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“REPARACIÓN SE HEREDA”
En la orilla contraria, Lamas Puccio señaló que la reparación civil “tiene que ser heredada” por sus cuatro hijos, así su padre no les haya dejado herencia. “La reparación civil (de Fujimori) se transmite a los herederos del sentenciado, en este caso a los herederos de Alberto Fujimori, con la finalidad de que ellos puedan pagar la reparación civil; y, en ese sentido, todos los bienes que se encuentren a nombre de ellos, pueden ser objeto de una intervención por parte del Poder Judicial”, sostuvo Lamas Puccio, y precisó que, por ejemplo, la vivienda que los hijos de Fujimori heredaron de su madre puede servir para pagar dicha reparación.
¿QUÉ DICE EL ARTÍCULO 96 DEL CÓDIGO PENAL SOBRE LA REPARACIÓN CIVIL?
"Artículo 96º.- Transmisión de la reparación civil a herederos. La obligación de la reparación civil fijada en la sentencia se transmite a los herederos del responsable hasta donde alcancen los bienes de la herencia. El derecho a exigir la reparación civil se transfiere a los herederos del agraviado".
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