/getHTML/media/1229195
Cherman: "Quien me quiebra el lado patriótico fue Juan Acevedo con Paco Yunque"
/getHTML/media/1229190
Marco Poma CEO de Tkambio: "Perú está atrasado en materia de 'open banking'"
/getHTML/media/1229170
Percy Medina por nueva Mesa Directiva: "Tenemos que estar vigilantes"
/getHTML/media/1229169
Carlos Basombrío: "La lista que salga será más de lo mismo"
/getHTML/media/1228869
Iván Arenas: "Hay riesgos si APP asume Mesa Directiva"
PUBLICIDAD

Poder Judicial archivó denuncia contra exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos

Sin embargo, este fallo no anula su inhabilitación dispuesta por el Congreso.

Imagen
Exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos fue inhabilitada para ejercer un cargo público por 5 años. (Foto: Andina)
Fecha Actualización
La noche del último miércoles 6 de diciembre, el Poder Judicial decidió archivar la denuncia contra la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por el delito de omisión de funciones.
Como se recuerda, en junio de este año, el Congreso decidió abrirle una investigación a la entonces titular del Ministerio Público por rehusarse a investigar al presidente del Perú, Pedro Castillo.
Esto debido a que, en 2022, la Fiscalía postergó la investigación contra el mandatario hasta el fin de su gestión debido a su “inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal”.
Según el artículo 117 de la Constitución, el presidente no puede ser acusado por ningún delito mientras ejerza su cargo, excepto por traición a la patria o cierre arbitrario del Congreso.
Por ello, el juez Juan Carlos Checkley, de la Corte Suprema de Justicia, resolvió que la fiscal en mención no omitió sus funciones cuando lideraba el Ministerio Público y decidió archivar el caso.
“Declarar fundada la excepción de improcedencia de acción interpuesta por la defensa de la investigada Zoraida Ávalos Rivera, en el proceso seguido en su contra”, se lee en la resolución
En consecuencia, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria pidió cesar “la causa en este extremo y archivarla definitivamente una vez sea consentida o ejecutoriada”.
Sin embargo, este fallo no anula su inhabilitación dispuesta por el Congreso.

VIDEO RECOMENDADO: