La exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, fue inhabilitada por cinco años del ejercicio de la función pública. (Foto: GEC)
La exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, fue inhabilitada por cinco años del ejercicio de la función pública. (Foto: GEC)

El Pleno del Congreso aprobó, en la primera votación, con 71 votos a favor, 15 en contra y ocho abstenciones, la inhabilitación por cinco años del ejercicio de la función pública de la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por no investigar al golpista expresidente Pedro Castillo durante su mandato.

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En la segunda votación, el Parlamento aprobó acusarla constitucionalmente por los delitos penales de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales tipificado en el artículo 377 del Código Penal. Esta votación se aprobó con 71 votos a favor, 12 en contra y 8 abstenciones.

Como se recuerda, el 21 de diciembre último, la Comisión Permanente aprobó el informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, en la que recomienda denunciar a Ávalos por infringir el artículo 159 de la Constitución Política, que en el numeral 4 estipula que el Ministerio Público debe perseguir el delito.

En enero del 2022, la actual fiscal suprema abrió investigación a Castillo por los casos Petroperú, Tarata y ascensos militares, suspendió las diligencias tras alegar que no podían ejecutarse mientras este se encontrara en el poder, plazo que culminaba aún en 2026.

No obstante, su sucesor en el cargo Pablo Sánchez abrió nuevas carpetas fiscales contra el entonces mandatario al interpretar que si se dejaba culminar su gobierno, el presidente golpista podía borrar las pruebas que lo incriminaban de encabezar una organización criminal.

Debido a ello, la subcomisión también aprobó denunciar a Ávalos Rivera por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificado en el artículo 377 del Código Penal.


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