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Inician proceso de exclusión contra Jorge Nieto Montesinos por presunta omisión en su hoja de vida

El jurado en primera instancia decidió abrir este proceso luego de detectar que el candidato al Congreso de Victoria Nacional no habría precisado las acciones que tiene en una empresa.

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Jorge Nieto Montesinos es cabeza de lista de Victoria Nacional, partido por el cual postula George Forsyth a la presidencia. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 inició un proceso de exclusión contra la candidatura de Jorge Nieto Montesinos, número 1 de la lista para el Congreso de Victoria Nacional por Lima Metropolitana, tras haber detectado que no habría incluido información en su hoja de vida sobre las acciones que tiene en una empresa.
La resolución 0420-2021-JEE-LIC2/JNE indica que la persona encargada de fiscalizar las hojas de vida presentadas por todos los candidatos detectó una “presunta omisión de información” en el rubro en el que el exministro debía incluir información sobre las empresas en las cuales tiene algún tipo de información. Esto, luego de haber recibido la observación por parte del personero del partido Somos Perú.
Según precisa el ente electoral, el 26 de enero se recibió el informe de fiscalización y al día siguiente Victoria Nacional presentó sus descargos.
“Se verifica que el candidato Jorge Nieto Montesinos forma parte de la empresa ‘Instituto Internacional para la Cultura Democrática S.A.C.’ (2700 acciones) como socio fundador”, informó el JEE Lima Centro 2, algo que fue corroborado en el descargo del personero legal de Victoria Nacional, quien también alegó que esta participación en la empresa no produjo ningún tipo de renta.
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A pesar de esto, la autoridad electoral evaluó esto como una omisión ya que, según el código civil, debieron ser consideradas como bienes muebles.
“Siendo así, se advierte en el presente caso la omisión de información en la declaración jurada de hoja de vida [...] del candidato al Congreso de la República N°1 Jorge Nieto Montesinos; en consecuencia, existe mérito suficiente para abrir procedimiento de exclusión en su contra”, concluye el JEE.
Cabe recordar que una resolución en primera instancia de algún JEE puede ser apelada para que los magistrados del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se pronuncie en segunda y última instancia.
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