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Corte Suprema calificó como “inconstitucional” a la ‘Ley Soto’

La Corte Suprema exhortó a los jueces de instancias inferiores a no aplicar la norma. Sin embargo, su decisión no implica la eliminación de la ley de nuestro ordenamiento.

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Alejandro Soto, presidente del Congreso.
Fecha Actualización
La Corte Suprema de Justicia publicó el Acuerdo Plenario N° 05-2023/CIJ-112, a través del cual se pronunció sobre la suspensión de la prescripción penal y sobre los “problemas” generados en su aplicación tras la aprobación de la Ley 31751, más conocida como ‘Ley Soto’, por los supuestos beneficios que brindó al presidente del Congreso, Alejandro Soto.
“El presente Acuerdo Plenario tiene el cometido de brindar pautas hermenéuticas claras en relación a la institución de la prescripción penal, específicamente la suspensión de la prescripción de la acción penal, y los problemas que presenta la Ley 31751, de veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, en su interpretación y su aplicación judiciales”, indica el documento.
En ese sentido, el acuerdo consideró que la norma en cuestión es “desproporcionada” y, como tal, resulta “inconstitucional”. En vista de ello, exhortó a los jueces de instancias menores a no aplicarla al resolver los procesos que lleguen a sus despachos.
“La Ley 31751 es desproporcionada y, por consiguiente, inconstitucional. Por ello, los jueces, conforme al artículo 138, segundo párrafo, de la Constitución, no deben aplicarla; deben preferir la norma constitucional referida a la protección de seguridad pública o ciudadana, al valor justicia material y a la tutela jurisdiccional”, precisa el documento.
Cabe precisar que, pese a lo señalado por la Corte Suprema, la cuestionada norma continuará vigente en nuestro ordenamiento jurídico, cuando menos hasta que el Congreso la derogue o hasta que el Tribunal Constitucional (TC) declare su inconstitucionalidad.
Como se recordará, la ‘Ley Soto’ modificó el artículo 84 del Código Penal, relativo a la suspensión de la prescripción de los delitos, precisando que dicha suspensión “en ningún caso será mayor a un año”. Esta modificación fue aprobada en mayo de este año y, además de haber beneficiado al presidente del Congreso, hizo lo propio con el expresidente Martín Vizcarra y con el líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón.
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