Según Produce, la piratería de TV Paga genera pérdidas de US$ 72 millones anuales al Estado y US$ 171 millones al sector privado. (Foto: Produce)
Según Produce, la piratería de TV Paga genera pérdidas de US$ 72 millones anuales al Estado y US$ 171 millones al sector privado. (Foto: Produce)

El proyecto de ley aprobado en primera votación en el Pleno, que brinda el derecho a los canales de señal abierta de ser incluidos en las parrillas de las empresas de TV por cable (Ley Soto, por haber sido autor de la norma), ha generado polémica.

Sus opositores advierten que violaría la libertad de empresa. Sin embargo, esta es una regulación que ya existe en otras economías como en Estados Unidos, Colombia, Argentina, España, Francia, entre otras. Y, contrario a lo que se piensa, fomenta la competencia en el sector.

“El proyecto del Congreso se condice con las normas de competencia, porque lo que justamente garantiza es que los canales de TV abierta van a poder competir en igualdad de condiciones con los contenidos que las empresas de cable han desarrollado”, sostuvo Jorge Baca Álvarez, director del Instituto de Estudios de los Derechos de los Medios de Comunicación y las Audiencias – Idecom.

La propuesta del Congreso de obligar al proveedor de TV por cable a incluir en su parrilla a los canales de TV abierta (conocido como el modelo Must Carry), aunque puede parecer arbitrario tiene dos objetivos.

En primer lugar, previene la ocurrencia de fenómenos anticompetitivos entre estaciones emisoras de televisión abierta y operadores de TV por cable. En segundo lugar, permite el acceso a los suscriptores de TV por cable a canales que la autoridad ha considerado relevantes.

EJEMPLOS

Imaginemos que existen las operadoras de TV por cable A y B, y los canales de señal abierta X, Y y Z.

Si A decide incluir en su programación a X y B hace lo mismo con Y y Z, y además A tiene una mayor audiencia que B, esto podría generar una competencia desleal entre los canales de televisión abierta. Esto porque X tendría mayor exposición, a pesar de que su naturaleza es la misma que la de Y y Z.

Otro caso es si la señal X comienza a transmitirse de manera exclusiva por la red A, ya que esto generará una restricción de acceso para los usuarios de la red B. En este caso, la competencia desleal podría presentarse en el mercado de televisión restringida, ya que la retransmisión de contenidos abiertos incentivaría a los usuarios a consumir los servicios de la red A.

Según Baca, en la actualidad las empresas de TV por cable tienen contenidos propios, que las desincentiva a incluir a los canales de televisión abierta para no competir. Además, mientras que los contenidos de la TV abierta son regulados, los de la TV por cable no lo son. De ahí, que el proyecto del Congreso, más allá de quién sea el autor es válido.

“Bajo ninguna circunstancia se puede permitir que amparados bajo un vacío legal se generen plataformas que compitan con los medios de comunicación y al mismo tiempo la posibilidad de prescindir de sus competidores, como es que viene ocurriendo”, indicó Baca.

“Al final, cuando las empresas de radiodifusión cumplen con sus obligaciones ante el MTC, generan un derecho que es el de cubrir una localidad. Hay un deber de cobertura, pero también un derecho de cobertura”, concluyó.

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