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CIDH rechaza excarcelación de Fujimori y asegura que Perú está obligado a acatar sus decisiones

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Alberto Fujimori fue condenado por el Poder Judicial a 25 años de prisión. (Foto: Difusión)
Fecha Actualización
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un pronunciamiento escrito en el cual rechaza la decisión del Estado peruano de liberar de prisión al expresidente Alberto Fujimori. Según indican, esto va en contra de las obligaciones internacionales que tiene el Perú.
“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechaza la decisión de Perú que ordenó la libertad al expresidente Alberto Fujimori, quien cumplía una condena por graves violaciones a los derechos humanos. Esto, en contravención de las obligaciones internacionales del Estado y en incumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte IDH”, sostienen en el documento.
En el pronunciamiento también recuerdan que el 5 de diciembre último la Corte IDH “requirió al Estado peruano que se abstuviera de ejecutar la orden del TC del 4 de diciembre de 2022", sin embargo, Fujimori fue liberado del penal de Barbadillo al día siguiente.
“La Comisión reitera que conceder indultos u otras exenciones de responsabilidad a personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad puede generar una forma grave de impunidad. Por su parte, la Corte IDH ha señalado que la medida o figura jurídica que permita proteger la salud, la vida e integridad del condenado (...) debe ser aplicada en casos muy extremos y por una necesidad imperante”, continúan.
PERÚ ESTÁ OBLIGADO
En otro párrafo, la CIDH “recuerda que el Estado ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos y reconoció la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH. Por ello, está obligado a acatar las decisiones que esta adopte en el ejercicio de sus facultades para supervisar el cumplimiento de sus sentencias y de emitir medidas provisionales”.
Antes de finalizar, hacen un “enérgico llamado al Estado a tomar medidas efectivas para garantizar el derecho de acceso a la justicia a las víctimas de crímenes de lesa humanidad, en respeto a su dignidad”.
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