Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de cárcel por los casos Barrios Altos y La Cantuta. (GEC)
Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de cárcel por los casos Barrios Altos y La Cantuta. (GEC)

La ponencia expuesta por el magistrado Ernesto Blume ante el pleno del Tribunal Constitucional (TC), como se sabía, por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski al condenado exmandatario Alberto Fujimori en 2017. Pero no se conocían a detalle los argumentos.

En el documento de 9 páginas, al que accedió Perú21, Blume despliega tres ideas para oponerse al fallo que anuló el indulto y que fue dictado por el juez supremo Hugo Núñez, siguiendo el sustento del hábeas corpus presentado por el abogado fujimorista Gregorio Parco.

En primer lugar, indica que un juez penal como Núñez ni la sala de la Corte Suprema que ratificó su fallo podían realizar un control de convencionalidad de la resolución suprema promulgada por Kuczynski porque los casos Barrios Altos y La Cantuta -de connotación penal- ya concluyeron con sentencia condenatoria contra Fujimori a 25 años de cárcel.

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Asimismo, señala que las sentencias del Poder Judicial presentan “vicios” y que la resolución de Kuczynski, publicada el 24 de diciembre del 2017, para brindar la gracia presidencial “ha cumplido los requisitos formales que establece la Constitución”.

“Este tribunal advierte que sus argumentos (del juez y la sala) se sustentan en presunciones subjetivas sobre irregularidades que no resultan tales, si nos encontramos frente a un indulto humanitario de un adulto mayor de 79 años (edad del favorecido al momento del otorgamiento del indulto), ello porque esta específica figura de extinción de la pena tiene por objetivo final evitar la muerte en prisión del reo que viene cumpliendo condena definitiva”, se lee.

En tercer lugar, y en consecuencia, sostiene que haber justificado la anulación del indulto porque un médico que trató antes a Fujimori integró la junta médica que recomendó su excarcelación no cuenta con “la debida motivación”.

“En tal sentido, la resolución cuestionada y su confirmatoria cuentan con una motivación aparente, pues además de encontrarse viciadas de incompetencia, también lesionan el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, al contener una motivación subjetiva, basada en irregularidades y presunciones no probadas, alejándose su argumentación de los parámetros constitucionales y convencionales pertinentes”, se agrega.

La ponencia de Blume fue apoyada por los magistrados José Luis Sardón y Augusto Ferrero, quien al ser presidente del TC tuvo voto dirimente. Los que se opusieron fueron Marianella Ledesma, Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña.

La sentencia aún no ha sido publicada. Fuentes del TC señalaron a este diario que cada magistrado estampará su firma física el lunes 28 de marzo y ese día se difundirá oficialmente el fallo, que dará lugar a la libertad de Alberto Fujimori.

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