El Ejecutivo anunció su decisión de presentar una demanda de inconstitucionalidad luego de un pedido expreso de la bancada de Perú Libre. (Foto: Jesús Saucedo/@photo.gec)
El Ejecutivo anunció su decisión de presentar una demanda de inconstitucionalidad luego de un pedido expreso de la bancada de Perú Libre. (Foto: Jesús Saucedo/@photo.gec)

No aprende. Un día después de que el Congreso aprobara, por insistencia, la norma que resguarda los alcances de la Constitución de 1993 en materia de referéndum, el gobierno de informó que presentará una demanda de inconstitucionalidad contra la referida disposición ante el (TC), generando nuevamente un clima de inestabilidad política y jurídica en el país.

A través de un comunicado, la Presidencia del Consejo de Ministros alegó que la disposición “vulnera el derecho fundamental de participación política directa de la ciudadanía (...) al restringir arbitrariamente la realización de referéndum y condiciona que la consulta popular sea aprobada previamente por el Congreso, lo cual sería abiertamente inconstitucional”.

La presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, a través de Twitter, sostuvo que “limitar” el referéndum “es antidemocrático”, mientras que la vicepresidenta Dina Boluarte insistió en que la norma “recorta” el derecho ciudadano a referéndum, lo que ya ha sido desvirtuado por constitucionalistas e, incluso, por el Jurado Nacional de Elecciones.

ALIENTA INESTABILIDAD

El constitucionalista declaró a Perú21 que la decisión del Ejecutivo alienta el clima de inestabilidad. “Si bien (Castillo) tiene la competencia para interponer una demanda de inconstitucionalidad, el presidente debe estimar los efectos de sus decisiones. “Llevamos casi seis meses de nuevo gobierno, dos años de pandemia y sus consecuencias, varios problemas que arrastramos y otros nuevos que deben atenderse”, comentó.

Agregó que “el intento de convocar a una Asamblea Constituyente sin saber qué proponen cambiar o mejorar, cuando la Constitución de 1993 ha alcanzado importantes reservas internacionales, produce incertidumbre para la inversión en el corto y mediano plazo, lo cual repercute en el falta de empleo y recaudación tributaria”.

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REFERÉNDUM GARANTIZADO

El expresidente del Tribunal Constitucional (TC) , por su parte, estimó que la demanda del Ejecutivo es “absolutamente infundada” y, en consecuencia, será desestimada por el TC. Ello porque, acotó, la norma aprobada por insistencia no es más que una “precisión” de lo ya establecido en el artículo 206º de la Constitución “que reserva al Congreso la exclusividad para modificar total o parcialmente la Carta del 93″. “Lo aprobado no altera en absoluto la voluntad o posibilidad de un referéndum, eso está debidamente garantizado”, subrayó.

Urviola consideró que no era necesario que el Parlamento formule esta precisión sobre el referéndum sobre temas constitucionales porque el artículo 206º de la Constitución de 1993 es muy claro al respecto, pero comentó que “lo que abunda, no daña”. “Esta norma ni agrega ni quita, es una ley reiterativa de lo que ya está establecido en la Constitución y no era necesario que la den, pero ante tanta insistencia sobre la convocatoria a un referéndum para una Asamblea Constituyente, se obliga al Congreso a ratificar el (artículo) 206”, explicó.

SABÍA QUE...

El Tribunal Constitucional tiene actualmente seis miembros tras el deceso del magistrado Carlos Ramos en setiembre del año pasado.

La demanda de inconstitucionalidad que presentará el Poder Ejecutivo requiere cinco votos para ser admitida a trámite e igual número para ser aprobada.

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