(GEC)
(GEC)

El , , señaló que el acceso al forma parte del derecho fundamental a la salud, tal como lo recoge el Informe Especial “Crisis de Oxígeno para Pacientes de : Alternativas de solución”.

En esa línea, indicó que la escasez de este bien, registrada durante los últimos meses, en el contexto de la pandemia del COVID-19, representa una afectación directa en el ejercicio de este derecho y, por tanto, un incumplimiento del Estado peruano de su obligación de garantizarlo.

Gutiérrez advirtió que, desde fines de abril, la Defensoría del Pueblo viene alertando sobre la situación de desabastecimiento de oxígeno medicinal y las necesidades de la población, solicitando la intervención del Estado a través de comunicaciones, oficios y reportes emitidos oportunamente.

MIRA: Juan José Calle, dirigente del gremio de centros comerciales: “Hay que confiar en los privados”

Además, recordó que la institución presentó un proyecto de ley al Congreso de la República para regular y sancionar las conductas de acaparamiento y especulación, en beneficio de las y los consumidores.

Si bien Gutiérrez reconoció que las medidas adoptas por el reciente Decreto de Urgencia 066-2020 constituyen un paso importante para paliar los efectos de esta crisis, precisó que ello no es suficiente. Aun cuando la norma declara que debe priorizarse la producción y distribución del oxígeno medicinal por sobre el oxígeno industrial, agrega que es necesario que esta declaración venga acompañada de acciones concretas, como convenios con empresas productoras para asegurar que ello ocurra, o la exigencia de cuotas específicas de producción para cubrir la demanda de oxígeno.

Dado que esta situación no puede continuar, destacó que el Perú debe replicar las buenas prácticas implementadas en países como Chile, Ecuador o España, donde el Estado previó las necesidades de este insumo, y llevó a cabo coordinaciones con el sector privado, para suplir la alta demanda existente. Agregó que el Estado, como ocurrió en aquellos países, debe asumir su rol regulador en el mercado de bienes y servicios esenciales, con mayor razón, en un contexto de emergencia.

MIRA: SBS amplía suspensión del cómputo de plazos administrativos ante estado de emergencia

Por su parte, el titular de la Defensoría del Pueblo reiteró que, siendo el acceso al oxígeno parte esencial de un derecho fundamental, y en un contexto de emergencia sanitaria, es necesario que las autoridades competentes realicen un seguimiento de este mercado, tanto de los precios de venta al público, del incremento de la demanda, así como del mercado informal, donde estos bienes se venden sin control de calidad, poniendo en riesgo la vida e integridad de las personas.

Finalmente, el Defensor del Pueblo reiteró la necesidad de que el Estado comunique e implemente las acciones que deben realizarse en lo inmediato para salvaguardar la salud de quienes requieren este insumo médico, hasta que las anunciadas medidas del referido Decreto de Urgencia produzcan los resultados esperados.

ESTE VIDEO TE PUEDE INTERESAR

Subdirector de hospital atiende a su papá con Covid-19 internado en UCI hace 31 días | Cuarto Poder

TE PUEDE INTERESAR