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[OPINIÓN] Una vez más se postergó la reforma previsional
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Hace unas semanas el Ministerio de Economía envió la propuesta de reforma previsional del Ejecutivo al Congreso para su discusión. La Comisión de Economía no pudo acordar un dictamen para presentar al Pleno antes del término de la legislatura. La renuencia de algunos congresistas a que se excluya del texto una propuesta para un séptimo retiro de fondos no permitió lograr un consenso.
La propuesta del Ejecutivo y el predictamen de la Comisión de Economía incluían varias reformas importantes, tales como: fijar una pensión mínima para los jubilados del SPP si habían tenido un número mínimo de aportes; permitir que bancos, empresas de seguro y otras instituciones financieras administren ahorros previsionales facilitando una mayor competencia; y promover una mayor cobertura al obligar a los independientes a aportar e introducir incentivos a la afiliación y aportes.
Otra reforma importante era eliminar la posibilidad de que los nuevos afiliados al SPP y los menores de 40 años (en la fecha de aprobación de la ley) se lleven la totalidad de su fondo al momento de la jubilación, poniendo cierto límite a la situación actual donde cualquier jubilado lo puede hacer como resultado de la llamada “ley 95.5%”. Sin embargo, este cambio estaba mal planteado, ya que debió incluir a todos los nuevos jubilados a partir de la aprobación de la ley, evitando que los que se jubilen en los próximos 25 años lo hagan sin una pensión de por vida, como habría ocurrido.
Si el MEF y la Comisión de Economía decidieron limitar la opción del retiro total de fondos, es porque consideran que va en contra del propósito de un sistema previsional que es obtener una pensión en la jubilación, tal como indican los especialistas de la OECD, la SBS y el BCR. No se entiende la justificación para que este cambio no aplique en forma inmediata a todos los jubilados, ya que deja la puerta abierta para que buena parte de las 380,000 personas que se jubilarán del SPP en los próximos 25 años se queden sin pensión.
Lo más sensato es que la nueva ley establezca que, con efectos inmediatos luego de su aprobación, los afiliados que se jubilen estén obligados a adquirir una pensión mínima (por ejemplo: de 1 RMV si no tiene dependientes y 1.5 RMV si los tuviere); y solo puedan retirar cualquier excedente en su fondo después de haberlo hecho. Esto garantizaría que nadie que ahorró lo suficiente se jubile sin una pensión vitalicia. ¿Acaso ese no es el propósito de un sistema previsional?
Debemos aprovechar estos meses de receso del Congreso para que los especialistas estudien con cuidado las distintas reformas bajo análisis, incluyendo los efectos nocivos de mantener la opción del retiro total de fondos, que como indicó la OECD en su diagnóstico del sistema previsional peruano, ha minado el papel del sistema de pensiones que es proporcionar a las personas un flujo regular de ingresos de por vida en la etapa de jubilación.
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