Foto: Daniel Apuy / GEC
Foto: Daniel Apuy / GEC

Esta semana, el Congreso aprobó la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible con la finalidad de ordenar el crecimiento de las ciudades.

Incluye mecanismos para que los municipios puedan captar parte de la revalorización que puedan tener terrenos como consecuencia de obras o disposiciones que ejecute o dicte el Estado. Es lo que el profesor Martim Smolka llama “plusvalías inmerecidas”, que son aumentos en el valor de la tierra sin que el propietario haya hecho nada para merecerlas.

Le da rango de ley al concepto de “derechos adicionales de edificación” que ya estaba incluido en el reglamento de acondicionamiento territorial. Estos derechos edificatorios fueron usados por el municipio de Miraflores para premiar con mayor altura a los inmuebles de valor urbanístico a condición de que sean preservados. Sus propietarios se ven beneficiados con la venta de estos derechos.

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Se crea el “operador público del suelo”, que es una entidad del Estado encargada de habilitar con accesos y servicios a terrenos para construir vivienda social y de esta manera combatir las invasiones.

Aquí se produce el gran error: alguien, mostrando un gran desconocimiento del sector, decidió asignarle esta función al Fondo Mivivienda, que es una entidad financiera de segundo piso supervisada por la SBS y que en nada se acerca a ser una entidad urbanizadora del Estado.

Si no se quería crear una nueva institución, se le pudo encargar esta función a Cofopri, que cuenta con el mejor catastro que tiene el Estado, tiene infraestructura y está al tanto de los lugares donde hay fuerte presión por vivienda social.

En conclusión, es una buena ley con un gran defecto que se pudo evitar.

Lea todos los sábados a: Carlos Bruce

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