(Hugo Curotto / @photo.gec)
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Por Rafael Letts

La Ley de Promoción Agraria se promulgó en 2005 cuando las exportaciones agrícolas eran de US$1,283 millones anuales. En 2019 llegaron a US$6,980 millones, un crecimiento de 13% anual sostenido por 14 años.

Esta ley redujo el Impuesto a la Renta del 30% al 15%, creando así un fuerte incentivo para invertir en agricultura. Este beneficio, sumado a la regulación laboral de la ley y la apuesta de los empresarios por el sector, permitió este fuerte crecimiento.

Este es un extraordinario logro empresarial peruano en un sector complicado, que no solo ha generado utilidades, divisas e impuestos, sino también reducción de la pobreza a través de la creación de puestos de trabajo directos e indirectos, así como mejoras en infraestructura.

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Los trabajadores agroindustriales tienen dos reclamos principales: la entrega de los beneficios sociales como parte del sueldo diario y el uso de “services”. La debilidad del gobierno de Sagasti generó la oportunidad para exigir cambios y, después de cinco días de protestas, la ley fue derogada.

El pago de los beneficios sociales dentro del sueldo diario favorece al empleador porque induce al empleado a utilizar sus gratificaciones y CTS en necesidades diarias. El trabajador está dispuesto a aceptar un sueldo básico diario menor, dado que al sumarse sus beneficios sociales el monto diario recibido es mayor. Sin embargo, no se da cuenta de que se está gastando sus beneficios sociales en gastos diarios, que si los recibiera en la fechas usuales (julio y diciembre), los podría ahorrar. Ahora que el sueldo diario no va a incluir los beneficios sociales, los trabajadores demandarán un sueldo básico diario mayor.

Las empresas de “services” son ilegales en el rubro agroindustrial. En este caso, cuando se habla de “services”, se trata de “jaladores”, personas que reclutan personal y les pagan informalmente sin beneficios ni descuentos. Algunas empresas formales contratan una parte formalmente y otra parte a través de “jaladores”. Otras empresas son informales y solo contratan informalmente.

Tanto las empresas formales como las informales deberían ser debidamente fiscalizadas por Sunafil, pero fiscalizar a una empresa informal es más difícil. ¿A quién responsabiliza Sunafil sin un representante legal definido? ¿A qué dirección envía las notificaciones? ¿Cómo cobra la multa? Sin embargo, si la Sunafil no fiscaliza a las empresas informales, está premiando la informalidad.

Para la nueva ley, que está siendo preparada, recomiendo que los trabajadores puedan negociar un nuevo sueldo básico directamente con las empresas o a nivel gremial; se incremente la fiscalización laboral de empresas formales e informales por igual: se mantenga el Impuesto a la Renta en 15% por un tiempo adicional dados los extraordinarios beneficios que se han generado.

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