FOTOS: MARIO ZAPATA / GEC
FOTOS: MARIO ZAPATA / GEC

Por Milagros Campos

La Constitución es la norma más importante del país. No es un plan de gobierno ni un acuerdo nacional temporal entre ciudadanos y ciudadanas. Tiene una vocación de permanencia en el tiempo y debe servir para el encuadramiento jurídico de los procesos políticos de gobiernos democráticos con ideologías diversas así como para la protección de los derechos de las personas. El Perú tuvo doce Constituciones. Como señala el Tribunal Constitucional, “el hecho de ligar el fenómeno constituyente como un acto posterior a los golpes de Estado, es recurrente en la historia republicana”. El cambio constitucional fue un mecanismo para la reinserción en el Estado de Derecho.

Cuando se habla de un cambio de Constitución como se ha hecho en los últimos días, debe precisarse qué es lo que se quiere cambiar. Toda reforma, como planteaba Nohlen, demanda ciertos requisitos estratégicos. El primero de ellos es un buen diagnóstico. ¿Para qué reformar la Constitución?

Los principales problemas del país, de acuerdo a las encuestas de Ipsos (julio 2020) y del Barómetro de las Américas (2018-2019), son corrupción, salud, inseguridad ciudadana, desempleo y educación de calidad. La solución a estas demandas no es normativa ni requiere de reformas constitucionales. La demanda de integridad pública, mejores servicios e infraestructura requieren de actores comprometidos con estos objetivos y un acuerdo a largo plazo.

¿Quién reforma y cómo se reforma la Constitución? Durante el gobierno de transición de Valentín Paniagua, en el 2001, se convocó a una Comisión de Estudio de las Bases de la Reforma Constitucional que precisó tres mecanismos posibles para la reforma.

Ese mismo año, el nuevo Congreso, atendiendo a diversas iniciativas legislativas, aprobó la Ley N° 27600 que suprime la firma de Alberto Fujimori de la Constitución Política de 1993 y establece el proceso de reforma constitucional. Para ello, la Comisión de Constitución propondría un proyecto de reforma total de la Carta Magna, tomando en cuenta la Constitución histórica del Perú y la Constitución de 1979. Luego de su aprobación por el Congreso, de acuerdo con el artículo 206°, sería sometida a referéndum. La ley fue objeto de una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional que fue declarada infundada. El proceso quedó trunco. Sin embargo, la Constitución de 1993 ha sido objeto de más de cuarenta modificaciones en 27 años, pues a diferencia de otras constituciones, tiene un procedimiento para su reforma, incluyendo un referéndum, como mecanismo de consulta ciudadana.