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Colombia: Corte Constitucional aprobó que parejas del mismo sexo puedan adoptar niños
Se decidió que no existe impedimento para que familias homoparentales realicen este procedimiento siempre y cuando cumplan los requisitos básicos.
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La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia votó esta tarde a favor de la adopción por parejas conformadas por personas del mismo sexo, pues consideró que la orientación sexual no es un factor de impedimento. El fallo obtuvo 6 votos a favor y 2 en contra.
El magistrado Jorge Iván Palacio fue el encargado de presentar la ponencia y sostuvo que "la adopción de niños por personas con orientación sexual diversa, en general, y por parejas del mismo sexo, en particular, no afecta por sí misma el interés superior del menor ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral".
Luego de un intenso debate, el alto tribunal decidió que no existe impedimento para que familias homoparentales realicen el trámite de adopción. La Corte Constitucional respaldó su fallo con base en documentos presentados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el Ministerio de Salud y diversas ONG.
La adopción se realizará siempre y cuando se cumplan los requisitos básicos exigidos por la constitución Colombiana, que implican estabilidad económica, emocional y que las parejas hayan cumplido cierta cantidad de años de convivencia. Las mismas que aplican en las parejas heterosexuales.
Como se recuerda, el año pasado la Corte Constitucional permitió la adopción entre parejas homosexuales, siempre y cuando el menor sea hijo biológico de alguna de las personas que sostiene la relación sentimental.
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