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Feminicidio: Poder Judicial ratificó sentencia de cadena perpetua contra sujeto que mató a su expareja

El Poder Judicial ratificó la sentencia de cadena perpetua por el delito de feminicidio impuesta contra Jean Piero Castro Gouveia, sujeto que asesinó a su ex pareja, el 28 de noviembre del 2018, en Chorrillos.

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Jean Piero Castro Gouveia fue hallado culpable del delito de feminicidio y condenado a cadena perpetua.
Fecha Actualización
El Poder Judicial ratificó la sentencia de cadena perpetua por el delito de feminicidio impuesta contra Jean Piero Castro Gouveia, sujeto que asesinó a su ex pareja, el 28 de noviembre del 2018, en Chorrillos.
Así lo informó, a través de Twitter, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que enfatizó que había solicitado que “se declare no haber nulidad en todos los extremos de la sentencia” tras la apelación presentada por el feminicida.
El sujeto había sido sentenciado, el 9 de octubre del 2019, a cadena perpetua por la Corte Superior de Justicia Lima Sur. Dicha condena fue histórica, ya que representaba la primera cadena perpetua impuesta por el delito de feminicidio.
Ante ello, Jean Piero Castro Gouveia solicitó una reducción de la pena. Sin embargo, el Poder Judicial recordó que en el Perú está vigente, desde julio de 2018, una modificación del Código Penal que contempla agravantes al dictar las penas por violencia machista y violencia contra niños y adolescentes.
El tribunal a cargo del consideró que la violencia ejercida contra esos niños, que tuvieron que ver a su madre debatirse entre la vida y la muerte, fue el agravante que llevó a dictar la cadena perpetua.
EL CASO
De acuerdo con el Poder Judicial, el feminicidio ocurrió el 28 de noviembre de 2018, cuando Jean Piero Castro Gouveia (37), de nacionalidad venezolana, asesinó a su expareja, la mujer peruana Andrea Mercedes Rivera Sánchez (25), mientras dormía en su habitación junto con sus hijos de siete y un año.
De acuerdo con la resolución judicial, la pena severa fue dictada en consideración a la gravedad del caso, la alevosía de parte del autor y la presencia de menores en la escena. El colegiado ordenó también el pago como reparación civil de S/ 172 mil 800 en favor de los deudos.
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