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Indecopi ordena reemplazar los libros con errores en 15 días hábiles

Entidad dicta medida cautelar en contra del Grupo Editorial Córdova que, si no cumple esta acción, deberá devolver el dinero pagado por material defectuoso.

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(USI)
Fecha Actualización
El Indecopi dictó una medida cautelar en contra del Grupo Editorial Córdova S.A.C. por comercializar textos escolares con errores de la serie Mentemati.

La Comisión de Protección al Consumidor Nº 2 decidió iniciar un procedimiento sancionador contra dicha empresa al considerar que estos libros con errores ortográficos y matemáticos son productos no idóneos, que afectarían el proceso de enseñanza de los estudiantes.

La medida cautelar consiste en "canjear" los citados textos escolares (del 2° al 6° grado de primaria) por otros que no tengan errores, en un plazo de 15 días hábiles, que se contarán a partir de la notificación de la resolución, entregada el último viernes.

La entidad precisó que de no cumplir con esta acción, Editorial Córdoba deberá devolver el dinero de los textos escolares, debiendo presentar un plan de devoluciones para cada centro educativo.

El proceso de devolución se realizará en un periodo no mayor a 20 días hábiles, contados a partir de la notificación de esta resolución.

Paralelamente, dicha comisión inició procedimiento sancionador contra instituciones educativas por presunta responsabilidad al elegir e incluir dichos textos no idóneos, en la terna presentada a los padres de familia.

En estos casos, Indecopi también impuso una medida cautelar para no perjudicar los estudios de los alumnos.

Esta medida consiste en realizar un nuevo proceso de selección de textos, para reemplazar los libros con errores, en caso la Editorial Córdova incumpla lo dispuesto por la Comisión en su respectivo procedimiento.

Como se sabe, el artículo 110º del Código de Protección y Defensa del Consumidor, faculta a la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi a calificar las infracciones como leves, graves o muy graves, e imponer sanciones desde una amonestación, hasta una multa máxima de 450 UIT (S/.1'665,000), sin perjuicio de las medidas correctivas que puedan ordenarse.