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Gobierno amplía a 15 días detención de organizaciones criminales
Además establece que la detención para los casos de flagrancia sea de 48 horas.
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El Gobierno promulgó hoy una reforma constitucional que amplía hasta 15 días la detención para los delitos cometidos por organizaciones criminales y hasta 48 horas el plazo de detención para los casos flagrantes, en el marco de la lucha contra el crimen organizado.
Esta ley, aprobada la semana pasada en el Pleno del Congreso de la República , modifica el literal F, inciso 24, artículo 2 de la Constitución Política del Perú, referido a la libertad y a la seguridad personal.
La modificación señala "que nadie puede ser detenido, sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito". En este caso la detención se ampliará de 24 a 48 horas, tiempo en el cual debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente.
Asimismo, la norma indica que "deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho plazo.
"Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas y a los delitos cometidos por organizaciones criminales". En estos casos, precisa la norma, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de 15 días naturales.
Estas detenciones deben darse cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido ese término.
Esta modificación constitucional, que está firmada por el presidente Pedro Pablo Kuczynski, fue publicada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
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