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Coronavirus Perú: conoce las restricciones en cada región según su nivel de alerta sanitaria

El Gobierno oficializó este sábado las nuevas disposiciones en el marco del estado de emergencia nacional frente a la pandemia del COVID-19, que estarán vigentes entre el 15 y el 28 de marzo. De esta manera se dispone una serie de medidas de acuerdo a la nueva clasificación de provincias según riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto y alto.

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La PCM anunció cuáles serán las nuevas restricciones por la pandemia. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
El Gobierno oficializó este sábado las nuevas disposiciones en el marco del estado de emergencia nacional frente a la pandemia del COVID-19, que estarán vigentes entre el 15 y el 28 de marzo. De esta manera se dispone una serie de medidas de acuerdo a la nueva clasificación de provincias según riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto y alto.
Entre las disposiciones, publicadas hoy a través del Decreto Supremo 046-2021-PCM en el diario El Peruano, figura que en todos los departamentos la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 4 de la mañana, desde las 10:00 p.m. (para el nivel de alerta alto) y desde las 9:00 p.m. (en los niveles de alerta muy alto y extremo).
Asimismo, se indica que los días domingos no se podrá usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo. Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en los departamentos con niveles moderado y alto, respetando las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.
A continuación la nueva clasificación de las jurisdicciones de acuerdo al nivel de alerta de contagio de la referida enfermedad y las restricciones correspondientes:
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-Restricciones en regiones con nivel de riesgo extremo-
Los domingos habrá inmovilización social obligatoria estricta y el toque de queda será de 9:00. pm a 4:00 am. El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo de 50% a 100%, regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Los límites de aforo en las provincias de nivel extremo han sido fijados en 20 % para las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos. Todos estos establecimientos podrán ofrecer también servicio delivery.
Entre tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas, mercados y farmacias aumentaron su aforo al 40 %, al igual que los bancos y entidades financieras.
Los restaurantes y afines podrán atender al público con un aforo de 30% en sus áreas internas con ventilación y de 30% si el servicio se ofrece al aire libre. Se permite servicio de delivery desde las 4:00 a.m. a 11:00 p.m. de lunes a domingo.
Por su parte, las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías de arte, jardines botánicos y zoológicos podrán funcionar con un aforo de 30 %, mientras un 20% para las artes escénicas y la enseñanza cultural en espacios abiertos.
Las artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas) será 20%. Las peluquerías, spa, barberías y otros afines funcionarán con un aforo de 40% (previa cita).
Está prohibido el ingreso a las playas, funcionamiento de los clubes y asociaciones deportivas. Tampoco casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y teatros y artes escénicas, mientras las iglesias y centros de culto no están autorizados a funcionar.
También está prohibido las reuniones en espacios abiertos y cerrados. El delivery de farmacias y boticas funciona las 24 horas del día.
-Restricciones en regiones con nivel de riesgo muy alto
Se prohíbe el uso de vehículos particulares los domingos y el toque de queda será de 9:00 pm a 4:00 a.m. El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo de 50% a 100%, regulado por el MTC.
Los límites de aforo en las provincias de nivel muy alto han sido fijados en 30% para las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos. Todos estos establecimientos podrán ofrecer también servicio delivery.
Entre tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas, mercados y farmacias aumentaron su aforo al 50 %, al igual que los bancos y entidades financieras.
Los restaurantes y afines podrán atender al público con un aforo de 30% en sus áreas internas y de 40 % si el servicio se ofrece al aire libre.
Por su parte, las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías de arte, jardines botánicos y zoológicos podrán funcionar con un aforo de 40 %, al igual que las artes escénicas y la enseñanza cultural en espacios abiertos.
Los clubes y asociaciones deportivas podrán operar con un aforo de 30 %, mientras que las iglesias y centros de culto están autorizados a funcionar con un aforo de 20 %.
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y teatros y artes escénicas tendrán un aforo de 20%. Las artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas) será 30%.
Finalmente, están prohibidos los ingresos a las playas.
-Restricciones en regiones con nivel de riesgo alto-
Para este nivel, se restringen los vehículos particulares los domingos y el toque de queda será de 10:00 p.m a 4:00 a.m. El transporte interprovincial será libre.
Los límites de aforo en las provincias de nivel alto han sido fijados en 40 % para las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos. Todos estos establecimientos podrán ofrecer también servicio delivery.
Entre tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas, mercados y farmacias aumentaron su aforo al 60 %, al igual que los bancos y entidades financieras.
Los restaurantes y afines podrán atender al público con un aforo de 50% en sus áreas internas y de 60% si el servicio se ofrece al aire libre.
Por su parte, las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías de arte, jardines botánicos y zoológicos podrán funcionar con un aforo de 50 %, al igual que las artes escénicas y la enseñanza cultural en espacios abiertos.
Los clubes y asociaciones deportivas podrán operar con un aforo de 40 %, mientras que las iglesias y centros de culto están autorizados a funcionar con un aforo de 30 %.
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y teatros y artes escénicas tendrán un aforo de 30%. Las artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas) será 50%.
El ingreso a las playas está permitido.