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JNE rechazó 8 expedientes de apelación presentados por Perú Libre y Fuerza Popular

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó este martes ocho expedientes de apelación de actas observadas de la segunda vuelta electoral de las Elecciones Generales 2021, presentadas por Perú Libre y Fuerza Popular.

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El JNE decidió, por unanimidad, autorizar la transmisión en vivo de sus sesiones a fin de brindar la máxima transparencia y aportar al conocimiento ciudadano sobre sus resoluciones en mérito de la actual situación electoral. (Foto: Mario Zapata / GEC)
Fecha Actualización
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó este martes ocho expedientes de apelación de actas observadas de la segunda vuelta electoral de las Elecciones Generales 2021, presentadas por Perú Libre y Fuerza Popular.
Los expedientes provienen de los distritos de San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y Jesús María, en Lima, así como de las regiones de Junín, Cusco e Ica. Todos fueron rechazados por unanimidad.
Cabe indicar que el último lunes, el pleno del JNE revisó 10 expedientes de apelación de actas observadas en una audiencia pública. En la sesión estuvieron presentes los abogados de las agrupaciones políticas Perú Libre y Fuerza Popular.
Los magistrados decidieron declarar infundadas cuatro apelaciones interpuestas por Perú Libre, mientras que en el caso de Fuerza Popular se declararon infundadas dos.
El JNE decidió, por unanimidad, autorizar la transmisión en vivo de sus sesiones a fin de brindar la máxima transparencia y aportar al conocimiento ciudadano sobre sus resoluciones en mérito de la actual situación electoral.
El pleno del máximo organismo electoral es presidido por Jorge Luis Salas Arenas, e integrado por Luis Arce Córdova, Jovián Sanjinez Salazar y Jorge Rodríguez Vélez.
Las actas observadas son aquellas que presentan alguna inconsistencia numérica, error en la sumatoria de votos, ilegibilidad o no tienen las firmas de los miembros de mesa.
Estas se remiten a los jurados electorales especiales (JEE), donde resuelven los pedidos en una primera instancia. En caso de apelación se elevan al pleno del JNE para que resuelva en segunda y definitiva instancia.
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