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Estos son los beneficios de aplazar o fraccionar tus deudas tributarias

Hasta el momento, más de 88 mil empresas y personas naturales se han acogido al RAF por un monto total acumulado que superan los 3,200 millones de soles.

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Este régimen permite aplazar hasta por seis meses y/o fraccionar hasta en 36 cuotas mensuales las deudas tributarias y aduaneras
Fecha Actualización
Muchas de las empresas y personas naturales que tienen actualmente deudas tributarias podrían acogerse al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) y ser aptos para obtener los beneficios, entre ellos, frenar las acciones de cobranza y de embargo. Así lo informó Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT)
Este régimen permite aplazar hasta por seis meses y/o fraccionar hasta en 36 cuotas mensuales las deudas tributarias y aduaneras, a una tasa de interés mensual de 0.4%, es decir menos de la mitad de la tasa normal aplicable; de esta manera se puede pagar en cuotas, sin comprometer la liquidez necesaria para la marcha del negocio.
Hasta el momento, más de 88 mil empresas y personas naturales se han acogido al RAF por un monto total acumulado que superan los 3,200 millones de soles. De las solicitudes presentadas, se han atendido el 93%, es decir, más de 82,000 solicitudes.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
- Estar inscritos en el RUC
- Que, en el caso de las empresas, sus ingresos netos de marzo y abril de este año sean menores a los de similares meses del año pasado.
- Que hayan presentado en su oportunidad, sus declaraciones mensuales de IGV y Renta de los periodos tributarios de marzo y abril 2020.
- Que no tengan un saldo mayor a 215 soles (5% de la UIT) en su cuenta de detracciones.
- Que hayan presentado las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento
- Los que hayan entregado o formalizado la garantía, cuando corresponda.
Si cumples con los requisitos puedes solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de tu deuda tributaria. Como parte del proceso, se debe utilizar el Formulario Virtual N° 1704, disponible en el portal institucional: https://bit.ly/3oAvSfa
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