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Osiptel: mejoras a la fiscalización de la calidad de internet no constituyen barreras burocráticas

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) informó este miércoles que continuará con la aplicación de mejoras tecnológicas y procedimentales al proceso de fiscalización a la calidad del servicio de acceso a internet, tras la desestimación de los cuestionamientos por barreras burocráticas presentados por las empresas operadoras Telefónica del Perú y Entel ante el Indecopi.

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El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) informó este miércoles que continuará con la aplicación de mejoras tecnológicas y procedimentales al proceso de fiscalización a la calidad del servicio de acceso a internet, tras la desestimación de los cuestionamientos por barreras burocráticas presentados por las empresas operadoras Telefónica del Perú y Entel ante el Indecopi.
La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró que no constituyen barreras burocráticas ilegales las medidas contenidas en el instructivo técnico elaborado por el Osiptel para la supervisión de los indicadores del servicio de acceso a Internet, como objetaron ambas empresas.
Esto quedó establecido en la resolución N°334-2021/CEB y en la resolución N°339-2021/CEB emitidas por el Indecopi para las denuncias de Telefónica del Perú y Entel, respectivamente.
“En el caso de la empresa Telefónica del Perú, la comisión revisó 16 medidas y verificó que el Osiptel actuó en el ejercicio de su facultad fiscalizadora y supervisora y que ha impuesto las medidas a través de un instrumento legal idóneo, que no vulnera el marco legal vigente”, dijo el ente regulador del sector telecomunicaciones a través de un comunicado.
Ese mismo análisis se emitió en el caso de la empresa Entel, en la que se revisaron 31 cuestionamientos. Además, el ente regulador dijo que “la resolución tomó en cuenta que las medidas detalladas en el instructivo buscan generar predictibilidad en la función de supervisión del Osiptel, así como en el cumplimiento de las obligaciones de las empresas operadoras”.
El Indecopi también confirmó que los medios de materialización indicados para ciertas medidas hacen referencia a la descripción de funciones atribuidas al Osiptel para requerir información a las empresas operadoras y no constituyen en sí mismas obligaciones o restricciones dirigidas a la empresa denunciante, por lo que declaró su improcedencia.
El Osiptel dijo que continuará con la adopción de mecanismos “que permitan mejorar los niveles de prestación y acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones que merecen los ciudadanos, de forma transparente y oportuna”.
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