Cinco recomendaciones antes de comprar una casa o departamento

Previo a la elaboración de un contrato de compraventa se requiere conocer la situación registral del inmueble, verificar documentos en el municipio, entre otros aspectos
Las personas deben informarse antes de concretar la compra de una vivienda. (Foto: USI)

La adquisición de una  —una casa o departamento— es una de las decisiones más importantes que toman las personas en sus vidas. Sin embargo, para que la compra sea segura y no sea víctima de alguna estafa, es importante que tenga en cuenta algunas recomendaciones antes de formular su contrato de compraventa.

Aquí cinco recomendaciones brindadas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp):

1. Verifica la situación registral del inmueble, entre ellos, que la propiedad se encuentre registrada a nombre del vendedor, que no existan cargas o gravámenes vigentes.

2. En caso el vendedor sea una persona jurídica (empresa), constata que el representante cuente con las facultades suficientes para vender. Para ello, puede solicitar una vigencia de poder a la Sunarp.

3. Verifica que los documentos municipales del inmueble, como la Hoja Resumen (HR) y el Predio Urbano (PU) se encuentren a nombre del vendedor.

4. Concluida la etapa de verificación, elabora un contrato de compraventa autorizado por un abogado (minuta). Con la minuta firmada deberás solicitar el bloqueo registral de la propiedad hasta la firma de la escritura pública.

5. Una vez firmada la escritura pública, tendrás que solicitar al notario realizar la presentación del parte notarial de compraventa para su inscripción en la Sunarp.

La también aconsejó que antes de comprar un inmueble es importante comprobar que los servicios públicos y los arbitrios estén pagados hasta el mes en el cual se realizará la transacción.

"El impuesto predial del año en el cual se hace la transacción debe de estar pagado por completo", indicó.

Señaló, además que la compraventa de un inmueble está gravada con el impuesto de alcabala (con excepción de los inmuebles de primera venta). El monto a pagar equivale al 3% del monto de la transferencia, donde el tramo comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble no está afecto.

La Sunarp sugirió inscribirse en el área de renta de la municipalidad correspondiente como nuevo propietario del inmueble.

"También se debe verificar que el inmueble se encuentre a total disposición del vendedor (desocupada). De no ser así, corrobora la voluntad de salida de los ocupantes", concluyó.

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