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Consulta previa e interés público
Al Estado le interesa el desarrollo de proyectos de inversión en minería, energía e hidrocarburos para obtener recursos y para el bienestar poblacional.
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Fecha Actualización
Alfredo Ferrero,Al.Mercadoaferrero@peru21.com
Un acuerdo entre el Estado y las comunidades debe ser de cumplimiento obligatorio. Si no hay acuerdo, la consulta previa no es vinculante y el Estado decide. Si el proyecto es prioritario para el interés nacional y este no lo es para la comunidad de la zona, el proyecto debería ejecutarse. ¿Quién y cómo se dirime un entrampamiento en la negociación? El reglamento urge. Será crucial implementar el mecanismo. Si este es mal utilizado, implicaría retrasos y pérdida de interés por parte de los inversionistas. Se deben respetar los derechos de las comunidades, pero el procedimiento y el mecanismo no deben impedir el acuerdo ni la inversión. Es ideal que el interés público nacional sea compatible con la consulta previa y con la localidad, pero debe estar por encima del interés de empresas y comunidades.
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