Dina Boluarte es candidata a la Vicepresidencia en la plancha de Pedro Castillo. (Violeta Ayasta/GEC)
Dina Boluarte es candidata a la Vicepresidencia en la plancha de Pedro Castillo. (Violeta Ayasta/GEC)

La primera vez que postuló a un cargo público fue en 2018 con el entonces partido Perú Libertario, hoy llamado Perú Libre. Tentó la Alcaldía de Surquillo, pero no consiguió los votos. Su campaña la desplegó en las calles y en las redes sociales, donde hasta ahora se aprecian las fotos que se tomó con el logo de ese partido. Para ese año, Boluarte trabajaba en el Reniec como jefa de la Oficina de Surco bajo contrato CAS. En ese momento era funcionaria del sistema electoral y hacía vida política al mismo tiempo, una situación que, en esa época, era una causal de sanción segura.

El reglamento interno de trabajo del Reniec que regía en 2018 fue creado en 2003. En su artículo 77 señalaba una serie de prohibiciones que, de no acatarlas, se incurría en falta grave. El inciso r) señalaba expresamente que los trabajadores “no pueden ejercer actividades políticas y partidarias y actividades ajenas que constituyan conflicto de interés aún cuando se realice fuera del local institucional y horario de trabajo”.

Boluarte no estaba suscrita a ningún partido político, pero evidentemente hizo campaña proselitista. Sin embargo, para integrar la plancha presidencial de Pedro Castillo con Perú Libre, la candidata a vicepresidente sí se inscribió como militante de la organización política en setiembre del 2020, según registros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

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Ese reglamento del 2003 estuvo vigente hasta enero de este año. No obstante, y de acuerdo al historial de trabajo de Dina Boluarte que detalló el Reniec a Perú21, nunca se le abrió un solo procedimiento administrativo por esta razón pese a sus dos postulaciones. En su legajo aparecen otro tipo de sanciones, como llamados de atención y amonestaciones por otros asuntos.

El nuevo reglamento, aprobado por resolución jefatural el 21 de enero, no es tan severo y solo refiere una falta grave si el funcionario público hace proselitismo político “a través de sus funciones o mediante uso de infraestructura, bienes o recursos públicos”.

Reglamento interno de trabajo del Reniec vigente del 2003 a enero del 2021.
Reglamento interno de trabajo del Reniec vigente del 2003 a enero del 2021.

Renuncia o rescisión

El especialista en temas electorales José Tello explicó a este diario que Dina Boluarte “no debe continuar” en el Reniec y alegó que ella debe renunciar o la institución separarla de sus funciones.

“Siendo funcionario no puedes tener este tipo de conflictos, más aún cuando hay una base normativa; ni por haber pedido licencia laboral la señora Boluarte se le puede eximir de esas reglas internas, el Reniec debe tener una postura más clara”, expresó Tello.

Resolución jefatural del Reniec del 21 de enero del 2021 que elimina el reglamento interno aprobado en 2003 y pone en vigencia la nueva norma.
Resolución jefatural del Reniec del 21 de enero del 2021 que elimina el reglamento interno aprobado en 2003 y pone en vigencia la nueva norma.

Su colega José Naupari resaltó que este hecho es causal de falta grave, y ello podría derivar en la salida de Boluarte.

“Estamos hablando del plano ético, si la funcionaria está inscrita en un partido político siendo parte del sistema electoral, cuando este sistema debe ser neutral, ella debió haber renunciado; en todo caso, control interno del Reniec debió haber advertido este conflicto”.

Según el Reniec, Boluarte se encuentra de licencia sin goce de haber, tras la segunda vuelta, del 29 de junio al 22 de julio.

Tenga en cuenta

-Perú21 intentó comunicarse con Dina Boluarte para consultarle si consideró las normas internas del Reniec antes de postular, pero no contestó nuestras llamadas.

-El Reniec informó a este diario que, antes del 29 de junio, Boluarte ha pedido durante el proceso electoral tres veces licencias sin goce de haber: 12 de marzo al 10 de abril; del 19 de abril al 5 de junio, y del 7 de junio al 29 de junio.

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