Hernando de Soto es el candidato presidencial de Avanza País. (Foto: Diana Chávez / GEC)
Hernando de Soto es el candidato presidencial de Avanza País. (Foto: Diana Chávez / GEC)

El Jurado Electoral Especial () de Lima Centro 2 decidió excluir a Pedro Cenas Casamayor, candidato al Congreso por Lima de Avanza País, por supuestamente haber omitido información en su declaración jurada de hoja de vida.

Según la Resolución Nro. 00486-2021-JEE-LIC2/JNE, se constató que las tres personerías jurídicas a las que perteneció el postulante se encuentran en estado del contribuyente con baja de oficio.

Ellas son: sociedad comercial de responsabilidad limitada (socio con 25% de acciones), la Asociación Nacional de Regidores del Perú (presidente por nombramiento del consejo directivo); y Corporación Wapers S.A. (director del consejo directivo).

Sin embargo, el JEE Lima Centro 2 remarcó que el candidato tiene la obligación de consignar las rentas derivadas de sus acciones, provenientes de las sociedades de las cuales forma parte, pese a que no haya generado rentas.

“Si bien es cierto, de una simple lectura del Formato en comentario, no se aprecia de manera expresa alguna Sección que se refiera a acciones y/o participaciones, de ser el caso que pudiera tener el candidato propiamente, sí existe una Sección denominada ‘Otros ingresos anuales’, además de un campo denominado ‘Rentas de acciones’, por lo que no resulta válido sostener la imposibilidad técnica e informática de la incorporación de tales”, refirió.

Por ello, dicho colegiado sostiene que el formato de Declaración Jurada de Hoja de Vida si cuenta con sección y/o campo para ser declaradas acciones o participaciones que pudiera tener el candidato en alguna sociedad comercial, o, en todo caso, debió ser consignada en el Rubro IX “Información Adicional”.

“Este JEE concluye que el candidato al congreso de la República N° 4 - Pedro Cenas Casamayor por la circunscripción electoral de Lima, por la organización política Avanza País – Partido de Integración Social, ha omitido consignar información en el Rubro VIII denominado ‘Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas - Rubro Ingresos’ de la Declaración Jurada de su Hoja de Vida; configurándose la causal de exclusión”, detalló.

Resolución sobre Pedro Cenas. (Foto: JEE Lima Centro 2)
Resolución sobre Pedro Cenas. (Foto: JEE Lima Centro 2)

En ese sentido, dicho órgano electoral aprobó la exclusión de Pedro Cenas como candidato al Congreso por Avanza País, con el voto discordante del segundo miembro Luis Antonio Landa Burgos.

El caso comenzó tras una denuncia presentada por el personero legal de Somos Perú, en donde “señaló que ‘otros candidatos’”, entre ellos Cenas Casamayor, también habrían “omitido declarar acciones”.

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