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Nakazaki: “Fujimori no será liberado hasta lo que decida Corte IDH el 6 de abril”

El abogado de Alberto Fujimori, César Nakazaki, descartó la posibilidad de que su defendido salga en libertad tras dos semanas de la decisión que tomó el Tribunal Constitucional (TC) a favor del indulto humanitario, debido al pedido que hizo la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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El abogado de Alberto Fujimori, César Nakazaki, descartó la posibilidad de que su defendido salga en libertad tras dos semanas de la decisión que tomó el Tribunal Constitucional (TC) a favor del indulto humanitario, debido al pedido que hizo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
“Yo creo que el expresidente Fujimori no va a ser excarcelado hasta lo que finalmente se decida el día 6 (de abril)”, declaró a RPP.
Este jueves 30 de marzo, la Corte IDH decidió ordenar que el Perú se abstenga de cumplir con la excarcelación de Alberto Fujimori hasta que se evalúe el pedido que hicieron las víctimas de medidas provisionales.
Nakazaki detalló que el viernes 1 de abril, la corte interamericana evaluará las medidas provisionales en contra de la posibilidad de que el exmandatario sentenciado, entre otros crímenes, por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Mientras tanto, el 6 de abril, la Corte IDH procederá a evaluar el tema de fondo: si el fallo del TC afecta con el cumplimiento de las sentencias por los crímenes de lesa humanidad perpetrados en ambos casos.
Sin embargo, el abogado resaltó que un “defecto estructural” de la corte con sede en Costa Rica es que escucha a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como fiscal, a las víctimas y al Estado involucrado, pero no a las personas que puedan verse afectadas por sus decisiones.
“Veo que en la decisión de la medida de urgencia de la Corte IDH nos están reconociendo, por lo menos, como amicus curiae. El informe que hemos enviado lo han aceptado. Si aceptaron que intervengamos como amicus curiae, de ahí a que me escuchen el viernes, es tarea difícil pero no imposible”, aseveró.
Cabe recordar que el procurador especializado supranacional, Carlos Miguel Reaño, ya confirmó que se debe acatar inmediatamente el pronunciamiento de la Corte IDH.
“Definitivamente, las resoluciones de medidas provisionales tienen que cumplirse inmediatamente. Desconocemos el procedimiento que ha entablado el Tribunal Constitucional, sea ante el INPE o el juez de ejecución en Ica, pero esta nota está siendo notificada al INPE, al Tribunal Constitucional y al Poder Judicial para que tengan conocimiento y le den pronto cumplimiento”, expresó Reaño en diálogo con RPP.
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