Redacción PERÚ21

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El aprobó, en segunda votación, el proyecto de ley que propone como requisito para trabajar en el sector público no tener condena por delito de y apología del terrorismo.

Con 77 votos a favor, 4 en contra y ninguna abstención se dio por legalizado que los sentenciados por lavado de activos, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, trata de personas y corrupción no podrán laborar en el Estado.

Durante el debate se precisó que aquellas personas que cumplieron su condena y recuperación de sus derechos, no los habilita a trabajar en el sector público.

Entrará en vigencia en un plazo de 90 días, tiempo en el cual las entidades públicas deben verificar si sus servidores tuvieron sentencias condenatorias, indicó el congresista Rolando Reátegui, presidente de la Comisión de Fiscalización, dictaminadora de la norma.