Casi 20 mil desaparecidos en la época de terrorismo no tienen muerte certificada

El Ministerio de Justicia trabaja en una ley para agilizar los trámites y que los deudos puedan obtener partidas de defunción, importantes para resolver temas hereditarios, deudas financieras, reconocimiento de hijos y segundas nupcias.
Hay más de 20,000 registrados como desaparecidos entre 1980 y 2000.

Desde el punto de vista legal, un desaparecido no está muerto, sino ausente. Como Jerónimo Vilca Huamaní, del , provincia de Cangallo (Ayacucho), quien en el amanecer del 28 de mayo de 1983 salió muy abrigado de su casa con un pasamontañas. Jerónimo creía que el clima lo había afectado porque siempre sentía un frío intenso y se enfermaba constantemente. Su hijo, Rómulo, imagina hasta hoy que aquel día salió temprano porque debía arriar a sus animales. Pero no lo sabe con certeza porque su padre nunca más regresó. 

Los desaparecidos durante la se encuentran en un limbo legal porque, ante la ley, no están muertos. No tienen una partida de defunción y eso ocasiona trabas legales para sus deudos.

Para obtener dicho documento, el y el deben colaborar en los procesos de investigación, exhumación e identificación de restos. Pero ahí viene el drama de miles de familias. De las 20,511 personas que están en el , solo se habían exhumado –hasta 2017– 3,623 restos y, de ellos, según cifras del Minjus, se restituyeron 1,199. Es decir, hay 19,312 personas de las que, pese al tiempo transcurrido, no se tiene certeza de su muerte

Cifras de las personas desaparecidas en época de terrorismo.

EL LIMBO LEGAL
Hay dos tipos de desaparecidos: quienes tienen un paradero totalmente desconocido y quienes sí están en un sitio identificado, pero no hay certeza legal de su muerte. 

Vilca es de los segundos. El mismo día que murió, una cuadrilla liderada por un militar conocido como el ‘Capitán Chacal’ entró a su casa y sacó a toda su familia, entre ellos a Rómulo Vilca, que en ese momento tenía 18 años. Uno de los montoneros le dijo que fuera al camino entre Puncupata y Unión Potrero. Ahí encontró a su papá tirado, con la cabeza partida. 

“Había tanto temor porque cualquier cosa puede pasar. Me decían: no digas nada. Como yo me vine a Ayacucho, ya no dije nada”, recuerda Rómulo. Antes de huir, enterró a su papá en un paraje que luego se convertiría en el cementerio del poblado. 

Debido a que los desaparecidos no están muertos ante la ley, sus familiares tienen problemas en los temas hereditarios, deudas financieras, segundas nupcias, reconocimiento de hijos, etc

Benedicta Inca, natural del distrito de Hualla, muestra la fotografía de su esposo detenido y desaparecido en 1983. (Foto: EPAF)

TAREAS PENDIENTES
La Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas (DGBPD) tiene la facultad de investigar los casos sin necesidad de que exista una carpeta fiscal. Una vez identificado el posible sitio de entierro, deben coordinar con el Ministerio Público para la exhumación e identificación de cuerpos. 

Según Rómulo Vilca, cuando acudió a la oficina de Ayacucho para solicitar la exhumación de su padre, le dijeron que reúna a un grupo de diez cuerpos para que proceda una exhumación. No obstante, la directora de la DGBPD, Mónica Barriga, precisó a Perú21 que “no existe un número determinado como requisito para poder realizar un proceso de búsqueda”. 

Barriga aseguró que están trabajando una ley con la finalidad de certificar las desapariciones durante el periodo de violencia y que ese documento sirva para que el Reniec inscriba una muerte presunta. 

TENGA EN CUENTA
- “Los deudos pueden acudir al PJ para que, a través de un proceso, se declare la muerte presunta”, explicó Mónica Barriga. 

- “La Defensoría del Pueblo tiene un registro por desaparición forzada. Ese certificado se lleva al PJ”, precisó. 

- “Con la ley queremos que el proceso se haga solo por vía administrativa, para que se inscriba la defunción ante Reniec, sin tener que ir al Poder Judicial”, explicó.

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