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Elecciones 2020: ¿Qué beneficios laborales tengo si me tocó ser miembro de mesa?
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) declaró el lunes 27 de enero día no laborable de naturaleza no compensable para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones congresales 2020.
Mediante el Decreto Supremo Nº 006-2020-TR, los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes.
La ONPE propuso mediante oficio N° 000004-2020-JN/ONPE brindarle facilidades a los ciudadanos que desempeñen de manera efectiva el cargo de miembros de mesa. De esta manera se busca la mayor participación entre los más de 500 mil ciudadanos elegidos como miembros de mesa para la elección de este domingo 26.
Para gozar del beneficio señalado, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador el Certificado de Participación entregado por la ONPE, cuando se reintegre a su centro de labores.
Facilidades para votar en ámbitos geográficos distintos
Además, la norma dispone que los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no tendrán que laborar los días viernes 24, sábado 25, domingo 26 y lunes 27 de enero de 2020, siendo estos días compensables tanto en el sector público como privado.
Por último, el Decreto Supremo señala que los trabajadores del sector público y privado cuyas jornadas laborales coincidan con el día de las elecciones tendrán derecho a tolerancia en el ingreso o durante las horas de trabajo para ir a votar.
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