[Opinión] Javier Alonso De Belaunde: ¿Tribunal antiderechos? (Foto: Jorge Cerdán)
[Opinión] Javier Alonso De Belaunde: ¿Tribunal antiderechos? (Foto: Jorge Cerdán)

La Defensoría del Pueblo ha calificado de grave retroceso una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que rechaza un caso sobre consulta previa de pueblos indígenas (Exp. 03066-2019-PA). En propiedad, la crítica se dirige al voto de los magistrados Blume y Sardón. Este insólitamente sostiene que la consulta previa no es un derecho fundamental y que no se puede pedir su protección vía el proceso de amparo. El cuestionamiento defensorial es más que justificado.

El Perú voluntariamente reconoció a la consulta previa en 1994 al ratificar el Convenio 169 de la OIT. Este derecho obliga al Estado a consultar a los pueblos indígenas toda medida que pueda afectarlos directamente. Es un mecanismo de participación e inclusión pensado para aquellos que siempre fueron excluidos y olvidados. Se sostiene en el reconocimiento de factores históricos, sociales y culturales diferenciados, propios de nuestra riqueza como nación.

Del 94 a la fecha este derecho ha tenido un gran desarrollo. El Congreso y el Ejecutivo han emitido normas para su ejercicio y la jurisprudencia de la Corte IDH, como la del propio TC, es copiosa. Hoy los pueblos indígenas lo entienden como vital. No se debe olvidar que uno de los factores de la protesta del Baguazo fue precisamente el incumplimiento de la consulta previa.

Todo ello hace incomprensible el voto de los magistrados. Su posición carece de motivación y contradice la jurisprudencia que reconoció a la consulta previa como derecho y al proceso de amparo como una vía de tutela. La demanda de las comunidades, como otras similares en trámite, fue presentada confiando en esas reglas. La sentencia es un portazo en la cara. Para no ser arbitrario, el ejercicio del poder, incluida la impartición de justicia, debería ser predecible, de acuerdo con los supuestos predeterminados por el Derecho. A fin de cuentas, la seguridad jurídica tiene que ser para todos, no solo para empresarios e inversionistas.

Hasta que el Congreso no termine de reemplazarlos, los integrantes del TC están obligados a ejercer el cargo con responsabilidad. Denegar derechos solo asegura conflictos y futuras condenas internacionales al país.