/getHTML/media/1239666
Eduardo Pérez Rocha: "Que la Policía diga la verdad, Vladimir Cerrón se fue del país"
/getHTML/media/1239537
José Baella sobre caso Vladimir Cerrón: "Se debería investigar la contradicción de la Policía"
/getHTML/media/1239536
Fuad Khoury: "No es el momento para invertir en aviones de guerra"
/getHTML/media/1239269
Impulsared: el programa que promueve el desarrollo a través del emprendimiento
/getHTML/media/1239371
Romy Chang sobre 'Chibolín': "La caución asegura la permanencia de Elizabeth Peralta"
/getHTML/media/1239361
José Carlos Mejía, abogado de agente 'Culebra' habla sobre supuesto atentado: "Han sido dos extraños incidentes"
/getHTML/media/1239253
Dina Boluarte endeudará al Perú por S/ 7,500 millones para comprar 12 aviones de combate
/getHTML/media/1239252
Adrián Simons: "Tipificar terrorismo urbano no soluciona nada"
/getHTML/media/1239251
Todo lo que debes saber sobre el sorteo 'Escapada de Primavera'
/getHTML/media/1239126
Gobierno de Dina Boluarte sin rumbo ante criminalidad | La Voz del 21
/getHTML/media/1239123
Víctor García Toma: "El JNE debió anular la inscripción de A.N.T.A.U.R.O"
/getHTML/media/1239120
Mariano González: "Este gobierno-Dina Boluarte- representa más al crimen que a los peruanos"
/getHTML/media/1239127
Malena Morales de Alicorp y su compromiso con los emprendedores peruanos en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1238304
Los mejores libros del siglo XXI según The New York Times | Biblioteca de Fuego
/getHTML/media/1238207
118 mujeres han sido víctimas de feminicidio en lo que va de 2024
PUBLICIDAD

Tontería habitual

El Ejecutivo observó la ley que sanciona el acaparamiento y la especulación. Pero el Congreso la aprobó por insistencia. En la observación se explica cómo esa norma afecta nuestros derechos constitucionales a conocer por qué tipo de conducta podríamos ir a la cárcel.

Imagen
Fecha Actualización
El congresista Churresti presenta un proyecto de ley. Añade un artículo al Código Penal: “Quien se porte mal será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 10 años”.
En una entrevista, el legislador defendió su proyecto: “Si algo nos falta a los peruanos, es portarnos bien. Por eso es necesario que sancionemos drásticamente la mala conducta. Basta ya de contemplaciones con los malcriados”.
“Pero, señor congresista…”, preguntó el periodista, “…¿qué cosa es portarse mal? Eso no está claro. ¿Va a meter preso a alguien sin definir el delito?”.
En tono impostado de falsa indignación, respondió con energía: “¡Basta ya de tecnicismos legales! Es hora de tomar cartas en el asunto”.
La historia es ficción y realidad a la vez. La norma de la ‘mala conducta’ y nuestro congresista no existen. Pero el Congreso (con parlamentarios que superan la ficción) ha dado normas muy parecidas.
La libertad es un derecho fundamental. Por ello la jurisprudencia internacional de derechos humanos y nuestra Constitución prohíben el uso de elementos ambiguos o indeterminados para tipificar un delito. Uno tiene que saber, previamente a hacer algo, que la consecuencia puede ser ir preso.
¿Interrumpir a alguien cuando está hablando es portarse mal? ¿Lo es mentir? ¿Y si es así, en qué circunstancias y para qué tipo de mentiras? ¿Podría ir preso por decir lisuras, comer con la boca abierta o no respetar las reglas gramaticales del español? La lista puede ser interminable. El único efecto positivo de esa norma ficticia parecería ser que casi todos los congresistas irían a la cárcel.
El Ejecutivo observó la ley que sanciona el acaparamiento y la especulación. Pero el Congreso la aprobó por insistencia. En la observación se explica cómo esa norma afecta nuestros derechos constitucionales a conocer por qué tipo de conducta podríamos ir a la cárcel.
La norma muestra ignorancia de principios económicos básicos. Sus autores creen que el funcionamiento del mercado arroja que los precios respondan a estructura de costos y no entienden que el aumento de demanda eleva los precios.
Pero lo peor es que pretenden meternos presos sin saber cuál es el delito. La norma señala que uno va preso si “incrementa los precios (…) habituales” por medio de prácticas que tampoco están definidas.
¿Qué es un precio habitual? Vaya uno a saber. ¿Es el que se cobró ayer? ¿O es el que se cobró de manera seguida por tres días, o una semana o seis meses? ¿O lo es el promedio de varios días? ¿Y cobrado por quién? ¿Por un supermercado, un puesto en un mercadillo, una tienda en un grifo o un quiosco? ¿Y de qué marca de producto?
¿Y quién definirá qué es habitual? Porque tendremos a policías visitando empresas y puestos de mercado, a grandes y pequeños comerciantes. Con aire marcial y en tono acusador sentenciarán: “Ese precio es muy alto. Ayer estaba más barato. Esto no es habitual. Acompáñeme a la comisaría”. Y por supuesto que no quieren llevar a la comisaría a nadie. Lo harán para reclamar la (esa sí) habitual coima.
Más allá de la mazamorra económica dentro de la cabeza de quien se le ocurrió una norma tan absurda, lo cierto es que aquí no está solo en juego la teoría o ideología económica. Está en juego el derecho fundamental a que no puedo ser privado de mi libertad si no sé de qué se me acusa.
VIDEO QUE PUEDE INTERESAR
TAGS RELACIONADOS
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD