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Prisión, razón y corazón
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Una visión simplista será a la larga el principal enemigo de la reputación de la lucha anticorrupción, por ser esta una causa trascendente y compleja que debe abordarse interdisciplinariamente ante las diversas variables en juego y de cómo interactúan entre sí.
Una forma de simplismo sería el típico formalismo leguleyo que busca pretextos para no aplicar la justicia. El otro simplismo podría ser la invocación genérica de valores incuestionables para, en su nombre, acometer cualquier clase de actos para satisfacción de la tribuna, sin reparar en los excesos o hasta la desnaturalización de las instituciones. En el segundo caso, “el fin justifica los medios”; en el primero, el medio (los tecnicismos) impide el fin. El garantismo –la concreción de la filosofía política liberal-republicana en el derecho penal– equidista de ambos simplismos.
Las prisiones preventivas contra varios árbitros a partir de tesis fiscales que no pasan la valla de una mínima apariencia de derecho (teorías sobre sobornos encubiertos que son ridículas) y que tampoco se sustentan en peligro procesal alguno son expresión elocuente, pero no única, de lo que ocurre. Unos han criticado la vehemencia con que algunos (me incluyo) hemos protestado contra estos abusos en redes sociales cuando han afectado a nuestros allegados, pero no en otros casos. Les respondo: al menos en mi caso he criticado la ligereza de las prisiones preventivas para personajes que van desde Keiko Fujimori hasta Nadine Heredia, con ninguna de las cuales se me puede acusar de simpatizar. Pero no me pidan que le ponga el mismo énfasis –o corazón– cuando se trata de un amigo y maestro en quien confío plenamente, como Fernando Cantuarias Salaverry.
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