No se entiende por qué razón el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no incluyó en el D.S. N.° 003-2024-MTC, de febrero de este año, a Corpac —junto a Provías Nacional, Provías Descentralizado, Pronatel y Promovilidad y a la Superintendencia de Transporte y Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran)— en la declaratoria de reorganización por el plazo de 180 días, máxime si en los considerandos de la norma se fundamenta la medida por deficiencias de gestión que dificultan la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos (a propósito, ¿qué fue de los resultados?).
Para el común de peruanos y extranjeros que hace uso del servicio aéreo como medio de transporte, Corpac es una empresa cuya eficiencia brilla por su ausencia. Sin ir muy lejos, podemos citar escandalosos sucesos presentados en los aeropuertos de su administración como el caso de la colisión en el Jorge Chávez, en noviembre de 2022, entre un camión de bomberos y una aeronave con el costo de vidas humanas, y el fallo de luces en la pista de aterrizaje del mismo aeropuerto, el pasado mes de junio, afectando a unos 8,600 pasajeros y que desnudó la no existencia de un plan de contingencia para estas emergencias.
A todo esto podemos sumar la separación de vuelos de las últimas horas por parte de los controladores aéreos, que desencadenó en el retraso de las salidas de aeronaves, y en muchos casos la reprogramación de los vuelos en fecha diferente, lo que —comenta el periodista Paolo Benza en su cuenta X— sería la antesala a una huelga, y que en mi opinión, y estimo en la de muchos, dejaría traslucir una inaceptable medida de presión contra las autoridades de turno a efectos de que se ceda a reclamos sindicales.
Hay actividades estratégicas que impactan en la cotidianeidad de los ciudadanos, y cuya no prestación pone en jaque la paz social y el orden interno de un país al afectar derechos fundamentales como la libertad de circulación, de trabajo, de comercio, de atención de salud, entre otros; entendidas como tales en lo estratégico e indispensables en su prestación continua y sostenible en nuestra propia Constitución, que no se les permite, por ejemplo, el derecho a la huelga, como el caso de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; es menester incluir a los controladores aéreos.
Decidir por sí y ante sí, a nivel de los aeropuertos, una separación de vuelos o eventuales medidas de protesta, máxime en la víspera del foro APEC 2024 que reunirá a representantes de las principales economías del mundo en nuestro territorio, demandaría la reorganización de Corpac y el debate abierto y franco de la conveniencia o no de su privatización y, en general, de los servicios de navegación aérea. Estamos tarde
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