"Las razones de Arce para renunciar nacen de una convicción personal y no de una presión externa”.
"Las razones de Arce para renunciar nacen de una convicción personal y no de una presión externa”.

El JNE se recompuso luego de la “declinación” de uno de sus integrantes. El fiscal supremo Rodríguez reemplazó a su par Arce. Esta situación ha sido aprovechada por Fuerza Popular para formular un nuevo cuestionamiento en la guerra legal total que lleva contra la fase de resultados de las elecciones. Así, Lourdes Flores sostiene que la sustitución de magistrados es ilegal. ¿Tiene base el reclamo?

La discusión puede parecer un tanto absurda para los no abogados. Después de todo, retener a una persona en un trabajo contra su voluntad es materialmente imposible y nuestro sistema prevé que los miembros del JNE tengan suplentes por si se les necesita. Pero sucede que la Ley Orgánica del JNE establece que el cargo es “irrenunciable” durante los procesos electorales (art. 16).

La “irrenunciabilidad” es una figura arcaica y problemática. Su finalidad es evitar que algunos funcionarios sean presionados por terceros a renunciar. Se trata de una protección. Ya en su comentario a la Constitución de 1860, Luis Felipe Villarán advertía que no debía ser interpretada de forma absoluta (CEC TC, p. 312). Esta idea fue ratificada judicialmente en el caso del excongresista Valle Riestra, a quien se le reconoció el derecho a renunciar al cargo “irrenunciable” de congresista. La limitación debe leerse restrictivamente.

Si bien las razones de Arce para renunciar –las cosas son lo que son– irrevocablemente al JNE son lamentables y denotan gran irresponsabilidad, nacen de una convicción personal y no de una presión externa. Motivo por el cual la protección funcional no aplica.

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La LOJNE, además, ofrece una salida en el último párrafo del artículo 18. Contempla que las causales de vacancia (incluida la renuncia) puedan ocurrir durante elecciones, supuesto en el que “se cubrirá provisionalmente el cargo”, siendo “provisionalmente” la palabra clave que explica la suspensión de Arce.

Como lo reconoció el expresidente del TC Óscar Urviola en estas páginas (27/6/21), la incorporación del suplente es lo que correspondía. Se trata de una solución razonable que permite que el JNE no quede en el limbo, pueda resolver el impasse como órgano autónomo y, finalmente, continuar con su función constitucional de impartir justicia electoral. Un caso en el que sentido común e interpretación legal van de la mano.

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