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Fernando Cáceres: Los gastos en Salud y Educación
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El ministro de Economía ha propuesto incrementar la actual deducción de 7 UIT anuales sobre las rentas del trabajo para que los contribuyentes que incurran en gastos de salud, seguros y educación puedan deducir entre 3 y 7 UIT adicionales al año. Sus críticos ya han sugerido que se trata de un beneficio que no está dirigido a quienes menos tienen y que la deducción no debería restringirse a las rentas del trabajo. Veamos.
Ganar más de 7 UIT anuales equivale a S/2,305 o más al mes; es decir, hablamos de contribuyentes de clase media en adelante. La deducción de 7 UIT está pensada para no gravar como riqueza a los ingresos familiares básicos, pero no alcanza para que los contribuyentes puedan deducir gastos inevitables en salud y educación.
Tomemos como ejemplo una familia con papá, mamá y dos hijos que, al no estar satisfecha con la calidad de la educación pública ni con el servicio de Essalud, supuestos racionales y comunes, contratan un colegio y un seguro privados. El costo anual de la educación para dos en el Innova School de San Juan de Lurigancho es de S/11,830, y el costo anual del Seguro Pacífico Red Preferente para cuatro es de S/7,466. Es decir, optar por servicios privados asequibles bordea las 5 UIT por familia, sin considerar los útiles, los co-aseguros y los gastos en salud no asegurados.
No se trata de deducir los servicios más caros disponibles, sino de no gravar como riqueza aquellos gastos que los contribuyentes no podamos evitar, y que algunos hubieran evitado de existir una buena oferta estatal. Para que el cobro de tributos cumpla con redistribuir riqueza, esta debe haberse creado.
Finalmente, coincido con que estas deducciones deberían aplicarse con independencia del tipo de renta, pues se trata de gastos no relacionados a la generación de rentas solo del trabajo.
@fdocaceres
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