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Ordenan a Rutas de Lima suspender cobro de peajes en Puente Piedra

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Fecha Actualización
El Poder Judicial ordenó a la empresa concesionaria Rutas de Lima SAC no ejecutar el cobro de peajes en la garita ubicada en el kilómetro 25 de la Panamericana Norte, en el distrito de Puente Piedra.
Este hecho se da luego que en Poder Judicial admitiera la medida cautelar solicitada por ciudadanos de la Asociación Casa Huerta El Paraíso-Puente Piedra.
La medida se da en medio de los cuestionamientos por el alza por un sol en el precio de los peajes, anunciado por la concesionaria y que se hará efectiva desde el 31 de enero.
Este fallo judicial ordena, además, el cierre de las unidades de peaje Chillón y solicita que la Policía apoye en el cumplimiento de esta medida impuesta por el Séptimo Juzgado Civil Subespecialidad en lo Comercial de Lima.

Rutas de Lima rechaza medida
“Esta medida atentaría contra los derechos de Rutas de Lima S.A.C. (RDL) bajo el Contrato de Concesión suscrito con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), disponiendo que se deje de cobrar peaje en la garita del peaje de Chillón en el tramo Panamericana Norte”, indicaron desde Rutas de Lima tras la decisión del Poder Judicial.
Conforme a la propia Constitución Política del Perú, los juzgados comerciales (como el 7mo Juzgado Civil-Comercial de Lima) no tienen competencia para pronunciarse respecto a la validez de las disposiciones contenidas en el Contrato de Concesión firmado entre RDL y la MML. La única autoridad competente para resolver cualquier controversia vinculada al Contrato de Concesión, incluyendo sobre su validez, es un tribunal arbitral constituido al amparo del Contrato de Concesión. En este momento, precisamente, existe un tribunal arbitral que está encargado de resolver las controversias en curso entre RDL y la MML. Dicho tribunal ha ordenado que se mantenga el status quo de la Concesión mientras se resuelve el arbitraje en curso, lo cual incluye el cobro de los peajes correspondientes a todas las unidades de peaje de la Concesión. La medida cautelar difundida atenta gravemente contra lo dispuesto por el artículo 62 de la Constitución que protege los contratos y dispone que sus términos no pueden ser modificados por disposiciones de cualquier clase. Es importante precisar que la referida medida cautelar no tiene vinculación alguna con el proceso de habeas corpus que actualmente se tramita ante el Tribunal Constitucional. RDL es respetuosa de los fueros jurisdiccionales y acata sus decisiones. En caso sea notificada con la medida cautelar, ejercerá sus derechos legales y constitucionales y en consecuencia se reserva todos sus derechos en relación a los sustanciales daños que se generarían tanto a Rutas de Lima como a sus inversionistas, como consecuencia de la aplicación de tal medida, la cual supone una grave vulneración de los derechos otorgados bajo el Contrato de Concesión, así como de los tratados internacionales suscritos por el Estado peruano. RDL viene siendo objeto de una campaña de desprestigio y de una serie de declaraciones difamatorias, incluyendo por parte de la MML. Invocamos a que se respete nuestra libertad de empresa y a que las autoridades garanticen la seguridad e integridad de nuestros colaboradores.
Indicaron desde la institución en su comunicado.