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Estas son las actividades deportivas al aire libre permitidas en la fase 4
Desde el próximo 1 de octubre, estará permitida la práctica de actividades deportivas al aire libre, de manera individual o en parejas, en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros, siempre que se encuentren autorizados.
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Desde el próximo 1 de octubre, estará permitida la práctica de actividades deportivas al aire libre, de manera individual o en parejas, en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros, siempre que se encuentren autorizados.
La medida también comprende la pesca deportiva y deportes náuticos, así como su gestión de reservas y actividades de apoyo. Del mismo modo, las actividades de guías de montaña.
Según el Decreto Supremo 156-2020-PCM, el objetivo de esta medida es promover la salud mental y física de la población, siempre que no implique contacto físico y se respete el distanciamiento social para evitar un posible contagio del coronavirus.
En virtud de ello, los municipios -en coordinación con la Policía Nacional - adoptarán las medidas correspondientes para el debido control y vigilancia para el cumplimiento adecuado de estas actividades deportivas.
El Poder Ejecutivo, mediante dicha norma, especificó que para la realización de todas estas actividades las personas deberán respetar el distanciamiento social y uso de mascarillas.
La misma norma ratifica que las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, están prohibidas por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.
De igual manera, a partir de octubre se reduce de 14 a 12 años la edad de los niños que obligatoriamente deben permanecer en su domicilio. No obstante, por necesidad de mantener su salud emocional, pueden realizar un paseo diario bajo ciertas condiciones.
Estas son salir con una sola persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio, la circulación se limita a un paseo de máximo 1 hora, en un radio de 500 metros de la vivienda y en espacios libres sin aglomeraciones.
Asimismo, el menor podrá realizar actividad deportiva en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados) acompañados de un adulto.
En tanto, las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores de 65 años y los que presenten comorbilidades, no pueden salir de su domicilio, no deben recibir visitas y deben evitar el contacto físico con personas que se desplazan fuera del domicilio.
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