En las últimas semanas, las empresas de transporte urbano se han visto envueltas en una ola de violencia que ha puesto en riesgo la vida de pasajeros y conductores. Los atentados y amenazas han llevado a la paralización de los servicios por parte de varias compañías, intensificando la preocupación en la comunidad y las autoridades.
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El fin de semana, las empresas de transporte La Roma y Santa Catalina fueron objeto de ataques violentos que obligaron a ambas a suspender sus operaciones. El incidente más reciente ocurrió el sábado cuando un falso pasajero disparó y dejó gravemente herido a un conductor de La Roma en la zona de José Carlos Mariátegui, en San Juan de Lurigancho. El agresor dejó una nota en la que amenazaba con asesinar a otro conductor si la empresa no accedía a pagar un cupo.
El domingo, la situación se agravó aún más cuando un delincuente disparó 13 veces contra el conductor de Santa Catalina frente a varios pasajeros, llevándolos a tomar la drástica decisión de suspender sus servicios por seguridad.
¿Qué sanciones enfrentan los delincuentes?
El magistrado de la Corte de Lima, Walther Huayllani Choquepuma, se pronunció sobre el delito de extorsión, que está tipificado en el artículo 200 del Código Penal. "La extorsión busca obtener dinero de forma indebida a través de la violencia o amenaza. Es una forma fácil de ganar dinero para los delincuentes porque se aprovechan del miedo y la vulnerabilidad de los ciudadanos", explicó el magistrado.
Huayllani destacó que exigir el pago de un "cupo" a una empresa de transporte es una clara forma de extorsión, que afecta tanto a las empresas como a los ciudadanos que dependen de estos servicios.
En casos donde se empleen armas de fuego y se causen daños graves o muertes, las penas pueden llegar a ser de cadena perpetua. Las penas por extorsión simple oscilan entre los diez y quince años de prisión, mientras que el uso de artefactos explosivos puede aumentar la condena a 15 a 25 años.
Sostuvo, además, que si en la extorsión, participan dos o más personas, la sanción es no menor de 15 ni mayor de 25 años de prisión.
“La máxima de la experiencia señala que estos actos extorsivos a empresas de transporte no solo los realiza una persona, sino que un conjunto de personas con actos distribuidos: para hacer llegar mensajes, activar artefactos explosivos, entre otros”, afirmó.
El magistrado instó a las empresas y a la ciudadanía a no acatar el pago de esas ventajas indebidas, pues ello genera una cadena de actos que no concluye.
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