PUBLICIDAD
Corredores Complementarios: publican decreto que amplía por 20 días subsidio económico a operadores
El Ejecutivo, a través del Decreto de Urgencia 132-2020, amplió por 20 días calendario el subsidio económico a los prestadores del servicio de transporte regular de personas en el ámbito provincial. Este dispositivo publicado hoy incluye a los operadores de los Corredores Complementarios que prestan servicio en Lima.
Imagen
Fecha Actualización
El Ejecutivo, a través del Decreto de Urgencia 132-2020, amplió por 20 días calendario el subsidio económico a los prestadores del servicio de transporte regular de personas en el ámbito provincial. Este dispositivo publicado hoy incluye a los operadores de los Corredores Complementarios que prestan servicio en Lima.
La norma publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, modifica el Decreto de Urgencia 079-2020, que otorga subsidio económico a los prestadores del transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial, para garantizar el servicio en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19.
Asimismo, se incluye el servicio brindado a través del sistema de los corredores complementarios. Esto luego que el último jueves, el ministro de Transportes y Comunicaciones, Eduardo González, anunciara el otorgamiento de la compensación económica a los operadores de los Corredores Complementarios . Tras el anuncio, la Asociación de Concesionarios de Transporte Urbano (ACTU), confirmó que suspendieron la paralización que planeaban realizar desde este viernes.
“Dispóngase que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) otorga el subsidio económico monetario en favor de las personas naturales y/o jurídicas y/o propietarios de vehículo, que cuenten con título habilitante para prestar el servicio de transporte terrestre regular de personas en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao a que se refiere el Decreto de Urgencia 079-2020, por un plazo adicional de 20 días calendario, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente norma”, precisa la norma.
El D.S. también se establece que los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor de las municipalidades provinciales serán devueltos a la cuenta principal del tesoro público, conforme lo establezca la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Mientras que los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor de la ATU serán reorientados para las compensaciones monetarias a favor de los concesionarios del sistema de corredores complementarios.
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Francisco Sagasti; la jefa del Gabinete ministerial, Violeta Bermúdez; el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza; y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Eduardo González.
VIDEO RECOMENDADO
PUBLICIDAD
ULTIMAS NOTICIAS
Imagen
Imagen
Imagen
PUBLICIDAD