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Personal que ingrese al Despacho Presidencial realizará este procedimiento de prevención por COVID-19
Este sábado se publicó el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial". La norma busca establecer las medidas de prevención y protección frente al COVID-19.
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En el marco del estado de emergencia ante la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19), que regirá hasta el 30 de junio, el Ejecutivo estableció una serie de medidas de prevención y protección que el personal que trabaje en el Despacho Presidencial deberá ejecutar a fin de evitar la transmisión de este virus.
A través de la Resolución de Subsecretaría General N° 011-2020-DP/SSG, publicada este sábado en el Boletín de Normas Legales de El Peruano, se oficializó la aprobación del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.
La norma busca establecer las medidas de prevención y protección frente al COVID-19 en el Despacho presidencial, mediante lineamientos dentro del marco nacional e internacional para evitar la transmisión del mismo.
“El personal médico y de seguridad se encargarán de identificar los factores de riesgo que indique posible exposición a contagio, realizando un control preventivo y revisión rutinaria de todo el personal que labora en el Despacho Presidencial”, detalla la presente resolución,
Asimismo, todas las personas que ingresen a las instalaciones del Despacho Presidencial desinfectarán su calzado y manos. Además, portarán obligatoriamente mascarillas, y en caso requerido, guantes. También deberán respetar el distanciamiento social obligatorio de 1.5 metros.
En el caso de personas con discapacidad que se trasladan con sillas de ruedas, bastones y otros, se procederá a desinfectar los puntos en contacto con el suelo.
En tanto, el aforo máximo permitido dentro del Despacho Presidencial estará limitado en proporción menor o igual al 50%.
El Despacho Presidencial es un Organismo Público Ejecutor, constituye pliego presupuestal y goza de autonomía financiera, económica y administrativa. Se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y tiene como propósito proporcionar asistencia técnica, administrativa para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Presidencia de la República de manera eficaz, transparente y moderna.
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