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ATU: Está prohibido que autos con más de 15 años de antigüedad presten el servicio de taxi

La Autoridad de Transporte Urbano (ATU) recordó que el requisito indispensable para prestar el servicio de transporte especial de taxi en Lima y Callao, es que el vehículo tenga una antigüedad máxima de 15 años, contados a partir del 1 de enero del año siguiente al año modelo del vehículo.

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La Autoridad de Transporte Urbano (ATU) recordó que el requisito indispensable para prestar el servicio de transporte especial de taxi en Lima y Callao, es que el vehículo tenga una antigüedad máxima de 15 años, contados a partir del 1 de enero del año siguiente al año modelo del vehículo.
Precisó, a través de un comunicado, que esta medida se estableció con el objetivo de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, modernizar el parque automotor y reducir la contaminación ambiental evitando la circulación de autos antiguos con altos niveles de emisiones de gases contaminantes.
Agregó que los vehículos que se encuentran habilitados por la ATU para brindar el servicio, con año modelo del 2005 solo podrán circular hasta el 31 de diciembre de este año, según se dispuso mediante la Resolución Ministerial 1086-2020-MTC/01.02 publicada en el diario oficial El Peruano, lo cual será verificado por los fiscalizadores de la ATU.
La institución indicó que los ciudadanos interesados en brindar el servicio de transporte especial de taxi pueden tramitar y obtener sus títulos habilitantes (autorización del servicio, habilitación vehicular y la credencial del conductor) en línea, de manera fácil y en pocos minutos, sin la necesidad de recurrir a terceros o tramitadores, a través de la plataforma virtual de la ATU (www.atu.gob.pe).
Esta herramienta garantiza seguridad, rapidez y confidencialidad de la información, evitando las estafas que pueden suceder si se recurre a tramitadores.
Además, existen otros requisitos para brindar el servicio de taxi independiente como que el vehículo pertenezca a la categoría M1, es decir contar con máximo 8 asientos (además del conductor), pesar –como mínimo– 1000 kilogramos y el motor con cilindrada mínima de 1250 cilindros cúbicos (cc).
Adicionalmente, el vehículo debe tener mínimo 4 puertas, láminas retro reflectivas, cinturones de seguridad, triángulos de seguridad, neumático de repuesto, linterna, botiquín, extintor y placa de rodaje correspondiente al servicio que se brinda (franja amarilla).
Asimismo, como parte de las medidas sanitarias para prevenir el contagio de COVID-19, el vehículo debe contar con un panel protector que separe los asientos delanteros de los posteriores, los pasajeros y el chofer deben portar durante todo el viaje sus respectivas mascarillas, el aforo permitido es de 3 pasajeros, y el copiloto debe portar además su protector facial. Es recomendable viajar con las ventanas abiertas para garantizar la circulación del aire y llevar siempre alcohol líquido o en gel para desinfectarse constantemente las manos.
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